Por medio de la cual se aprueba el Estatuto Orgánico del Instituto Internacional para la Unificacion del Derecho Privado hecho en Roma el 15 de marzo de 1940 (Estatuto Orgánico del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado) Colombia
Estatuto Orgánico del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado
- Artículo 1o. El Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado...
- Artículo 2o. 1. El Instituto Internacional para la Unificación del Derecho...
- Artículo 3o. El Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado...
- Artículo 4o. Los Organos del Instituto son: 1. La Asamblea General; 2. El...
- Artículo 5o. 1. La Asamblea General se compondrá de un representante por cada...
- Artículo 6o. 1. El Consejo Directivo estará compuesto del Presidente y de...
- Artículo 7o. 1. El Comité Permanente estará compuesto por el Presidente...
- Artículo 7 bis. 1. El Tribunal Administrativo tendrá competencia para fallar sobre...
- Artículo 7 ter. Los miembros del Consejo Directivo del Tribunal Administrativo, cuyo...
- Artículo 8o. 1. La Secretaría comprende un Secretario General nombrado por el...
- Artículo 9o. El Instituto posee una biblioteca puesta bajo la dirección del...
- Artículo 10. Los idiomas oficiales del Instituto son el italiano, el alemán, el...
- Artículo 11. 1. El Consejo Directivo atiende a los medios de realizar las tareas...
- Artículo 12. 1. Todo Gobierno participante, al igual que toda institución...
- Artículo 12 BIS. El Consejo Directivo puede establecer con otras organizaciones...
- Artículo 13. 1. El Consejo Directivo puede deferir el examen de asuntos especiales a...
- Artículo 14. 1. Tras estudiar los asuntos que ha considerado, objeto de sus trabajos,...
- Artículo 15. 1. El Presidente representa al Instituto. 2. El poder ejecutivo...
- Artículo 16. 1. Los gastos anuales relativos al funcionamiento y mantenimiento del...
- Artículo 17. 1. Las reglas relativas a la administración del Instituto, a su...
- Artículo 18. 1. El compromiso del Gobierno italiano relativo a la subvención...
- Artículo 19. 1. Las enmiendas al presente Estatuto que fueren adoptadas por la...
- Artículo 20. 1. Todo Gobierno que tiene intención de adherir al presente...
- Artículo 21. El presente Estatuto entrará en vigor cuando al menos seis...
- Artículo 22. El presente Estatuto, que llevará la fecha 15 de marzo de 1940,...
Otras regulaciones
Estatuto del Registro del Estado Civil de las personas Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente El Estatuto del Consumidor Código de Ética y Disciplinario del Congresista Código Contencioso AdministrativoMejores juristas
¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?
Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
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Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
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