< Bogotá D.C.

Nombre: ɪus Statera Abogados

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Está en el sitio desde: 20/11/19
Ciudad: Bogotá D.C.
WhatsApp: 3014502210

Los comentarios del abogado ɪus Statera Abogados

Buenas noches, en dado caso entre este contrato civil y/o comercial, entre contratista y contratista, se debe hablar de incumplimiento del mismo, sea por lo pactado, por no pago, por extralimitacion, entre otras causales, dependiendo de la situación que se derive dichas presunciones. CONTÁCTENOS, https://www.facebook.com/iustateraabogados/ ,en iustateraabogados@gmail.com podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210


Email: gerencia@iustateraabogados.co

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CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.

Atentamente,

Kevin Prieto Malaver

Socio Fundador



Buenas noches señor Alberto, si es aceptado por la asamblea o si son para eventos especiales en dado caso con autorización de administración para un solo copropietario, en dado caso si es de juegos infantiles aferrados al subsuelo estos si deben ser manejados en asamblea y aprobado por los mismos. CONTÁCTENOS, https://www.facebook.com/iustateraabogados/ ,en iustateraabogados@gmail.com podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210


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Buenas noches señor Vicente en dado caso deben inciarle el proceso laboral por lo indicado de estar protegido bajo ese fuero sindical para poder retirarlo del cargo, motivo del cual que no pueden despedirlo sin justificación y proceso establecido así en el C.S.T. CONTÁCTENOS, en iustateraabogados@gmail.com podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210


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Buenas noches, todo contrato civil sea prestación de un servicio personal o un servicio como persona jurídica este segundo descrito en el Codigo de Comercio, debe acometer el lugar de sus actividades y funciones a realizar, por tanto debe estar taxativo en dicho contrato la posibilidad de desplazamiento en una ciudad a otra, y esto si fuere aceptado por el contratista sabría que no extralimita lo establecido en dicho contrato de prestación de servicios, acordarse se igual forma que los contratos civiles de esta naturaleza no deben imponersele un horario, o establecerle funciones continuar de las actividades a realizar, se habla de actividades cuando es un contrato civil y labor cuando es una contrato laboral, por todo lo anterior, si usted encuentra que están manejando su contrato extralimitando de lo descrito o por lo contrario ve que puede dirimir que esta bajo la figura de Contrato Realidad que sus tres elementos son: prestación del servicio personalmente, subordinación y una pago o salario. CONTÁCTENOS, en iustateraabogados@gmail.com podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210


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Buenas noches Guillermo, podrán impugnar si esta en contravia del Reglamento o de la ley 675 del 2001 y similares a Propiedad Horizontal. CONTÁCTENOS, en iustateraabogados@gmail.com podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210


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Buenas noches, esto debe ser aprobado por la asamblea de copropietarios en dado caso la imposición no debe ser acatada, por que el anterior nombrado es el máximo órgano dentro de las copropiedades. CONTÁCTENOS, en iustateraabogados@gmail.com podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210


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Buenas noches, ese porcentaje no le corresponde a su nueva pareja por tanto la ley proteja los bienes dejados en sucesión, en tanto al porcentaje de sus hijos es correcto y en cuanto a su pregunta puede realizar testamento o donación en vida a su actual pareja. CONTÁCTENOS, en iustateraabogados@gmail.com podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210


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Si habla de un Poder especial otorgado por el nombrado padre ante la situación de permisos de salida y representación ante el nombrado del presente asunto, este puede realizarlo, en contrario el papa puede mediante consulado del país que se encuentre realizar dicho tramite. CONTÁCTENOS, en iustateraabogados@gmail.com podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210


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Buenas tardes, iniciar el proceso correspondiente por el pago de la obligación acordada entre partes la cual sea verbal también es vinculante. En iustateraabogados@gmail.com podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210


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Buenas tardes, no hay termino para aportar la liquidación de crédito si bien sea por el juzgado o por las partes del proceso, y no debe aportarse o solicitarse solamente cuando haya sentencia, también puede hacerse cuando se requiera confirmar o revaluar la deuda. En iustateraabogados@gmail.com podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210


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Este artículo aplica para el sector privado, la norma principal que rige para el sector público es el Decreto 1083 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. En su artículo 2.2.31.4, establece: “ARTÍCULO 2.2.31.4 Derecho a vacaciones. (...) 2. El personal científico que trabaje al servicio de campañas antituberculosas, así como los que laboren en el manejo y aplicación de rayos X y sus ayudantes, tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada seis (6) meses de servicios.”


Email: temasdeley@gmail.com

WhatsApp: 573166406899

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...



A los aprendices del sena con contrato anterior al 1/07/2025 les aplica la nueva reforma laboral?



Cual es el articulo que reglamenta la Amonestación escrita, como sanción disciplinaria??



Esto es un tema de derecho constructivo, por favor contáctanos al 324 6064034 y te explicamos como puedes evitar que tu vecino incurra en una transgresión de normas de derecho constructivo



en numeral 7 por que no adicionaron, funciones en la certificación laboral



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