Código de Procedimiento Penal Colombia
Código de Procedimiento Penal
- Artículo 1o. Dignidad humana
- Artículo 2o. Libertad
- Artículo 3o. Prelación de los tratados internacionales
- Artículo 4o. Igualdad
- Artículo 5o. Imparcialidad
- Artículo 6o. Legalidad
- Artículo 7o. Presunción de inocencia e in dubio pro reo
- Artículo 8o. Defensa
- Artículo 9o. Oralidad
- Artículo 10. Actuación procesal
- Artículo 11. Derechos de las víctimas
- Artículo 12. Lealtad
- Artículo 13. Gratuidad
- Artículo 14. Intimidad
- Artículo 15. Contradicción
- Artículo 16. Inmediación
- Artículo 17. Concentración
- Artículo 18. Publicidad
- Artículo 19. Juez natural
- Artículo 20. Doble instancia
- Artículo 21. Cosa juzgada
- Artículo 22. Restablecimiento del derecho
- Artículo 23. Cláusula de exclusión
- Artículo 24. Ámbito de la jurisdicción penal
- Artículo 25. Integración
- Artículo 26. Prevalencia
- Artículo 27. Moduladores de la actividad procesal
- Artículo 28. La jurisdicción penal ordinaria
- Artículo 29. Objeto de la jurisdicción penal ordinaria
- Artículo 30. Excepciones a la jurisdicción penal ordinaria
- Artículo 31. Órganos de la jurisdicción
- Artículo 32. De la corte suprema de justicia
- Artículo 33. De los tribunales superiores de distrito respecto de los jueces penales de circuito especializados
- Artículo 34. De los tribunales superiores de distrito
- Artículo 35. De los jueces penales de circuito especializados
- Artículo 36. De los jueces penales del circuito
- Artículo 37. De los jueces penales municipales
- Artículo 38. De los jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad
- Artículo 39. De la función de control de garantías
- Artículo 40. Competencia para imponer las penas y las medidas de seguridad
- Artículo 41. Competencia para ejecutar
- Artículo 42. División territorial para efecto del juzgamiento
- Artículo 43. Competencia
- Artículo 44. Competencia excepcional
- Artículo 45. De la fiscalía general de la nación
- Artículo 46. Finalidad y procedencia
- Artículo 47. Solicitud de cambio
- Artículo 48. Trámite
- Artículo 49. Fijación del sitio para continuar el proceso
- Artículo 50. Unidad procesal
- Artículo 51. Conexidad
- Artículo 52. Competencia por conexidad
- Artículo 53. Ruptura de la unidad procesal
- Artículo 54. Trámite
- Artículo 55. Prórroga
- Artículo 56. Causales de impedimento
- Artículo 57. Trámite para el impedimento
- Artículo 58. Impedimento del fiscal general de la nación
- Artículo 58A. Impedimento de magistrado
- Artículo 59. Impedimento conjunto
- Artículo 60. Requisitos y formas de recusación
- Artículo 61. Improcedencia del impedimento y de la recusación
- Artículo 62. Suspensión de la actuación procesal
- Artículo 63. Impedimentos y recusación de otros funcionarios y empleados
- Artículo 64. Desaparición de la causal
- Artículo 65. Improcedencia de la impugnación
- Artículo 66. Titularidad y obligatoriedad
- Artículo 67. Deber de denunciar
- Artículo 68. Exoneración del deber de denunciar
- Artículo 69. Requisitos de la denuncia, de la querella o de la petición
- Artículo 70. Condiciones de procesabilidad
- Artículo 71. Querellante legítimo
- Artículo 72. Extensión de la querella
- Artículo 73. Caducidad de la querella
- Artículo 74. Conductas punibles que requieren querella
- Artículo 75. Delitos que requieren petición especial
- Artículo 76. Desistimiento de la querella
- Artículo 77. Extinción
- Artículo 78. Trámite de la extinción
- Artículo 79. Archivo de las diligencias
- Artículo 80. Efectos de la extinción
- Artículo 81. Continuación de la persecución penal para los demás imputados o procesados
- Artículo 82. Procedencia
- Artículo 83. Medidas cautelares sobre bienes susceptibles de comiso
- Artículo 83 A. Suspensión de giros nacionales e internacionales del sistema postal de pagos
- Artículo 84. Trámite en la incautación u ocupación de bienes con fines de comiso
- Artículo 85. Suspensión del poder dispositivo
- Artículo 86. Administración de los bienes
- Artículo 87. Destrucción del objeto material del delito
- Artículo 88. Devolución de bienes
- Artículo 89. Bienes o recursos no reclamados
- Artículo 89A. Prescripción especial
- Artículo 90. Omisión de pronunciamiento sobre los bienes
- Artículo 91. Suspensión y cancelación de la personería jurídica
- Artículo 92. Medidas cautelares sobre bienes
- Artículo 93. Criterios para decretar medidas cautelares
- Artículo 94. Proporcionalidad
- Artículo 95. Cumplimiento de las medidas
- Artículo 96. Desembargo
- Artículo 97. Prohibición de enajenar
- Artículo 98. Autorizaciones especiales
- Artículo 99. Medidas patrimoniales a favor de las víctimas
- Artículo 100. Afectación de bienes en delitos culposos
- Artículo 101. Suspensión y cancelación de registros obtenidos fraudulentamente
- Artículo 102. Procedencia y ejercicio del incidente de reparación integral
- Artículo 103. Trámite del incidente de reparación integral
- Artículo 104. Audiencia de pruebas y alegaciones
- Artículo 105. Decisión de reparación integral
- Artículo 106. Caducidad
- Artículo 107. Tercero civilmente responsable
- Artículo 108. Citación del asegurador
- Artículo 109. El ministerio público
- Artículo 110. De la agencia especial
- Artículo 111. Funciones del ministerio público
- Artículo 112. Actividad probatoria
- Artículo 113. Composición
- Artículo 114. Atribuciones
- Artículo 115. Principio de objetividad
- Artículo 116. Atribuciones especiales del fiscal general de la nación
- Artículo 117. La policía judicial
- Artículo 118. Integración y designación
- Artículo 119. Oportunidad
- Artículo 120. Reconocimiento
- Artículo 121. Dirección de la defensa
- Artículo 122. Incompatibilidad de la defensa
- Artículo 123. Sustitución del defensor
- Artículo 124. Derechos y facultades
- Artículo 125. Deberes y atribuciones especiales
- Artículo 126. Calificación
- Artículo 127. Ausencia del imputado
- Artículo 128. Identificación o individualización
- Artículo 129. Registro de personas vinculadas
- Artículo 130. Atribuciones
- Artículo 131. Renuncia
- Artículo 132. Víctimas
- Artículo 133. Atención y protección inmediata a las víctimas
- Artículo 134. Medidas de atención y protección a las víctimas
- Artículo 135. Garantía de comunicación a las víctimas
- Artículo 136. Derecho a recibir información
- Artículo 137. Intervención de las víctimas en la actuación penal
- Artículo 138. Deberes
- Artículo 139. Deberes específicos de los jueces
- Artículo 140. Deberes
- Artículo 141. Temeridad o mala fe
- Artículo 142. Deberes específicos de la fiscalía general de la nación
- Artículo 143. Poderes y medidas correccionales
- Artículo 144. Idioma
- Artículo 145. Oralidad en la actuación
- Artículo 146. Registro de la actuación
- Artículo 147. Celeridad y oralidad
- Artículo 148. Toga
- Artículo 149. Principio de publicidad
- Artículo 150. Restricciones a la publicidad por motivos de orden público, seguridad nacional o moral pública
- Artículo 151. Restricciones a la publicidad por motivos de seguridad o respeto a las víctimas menores de edad
- Artículo 152. Restricciones a la publicidad por motivos de interés de la justicia
- Artículo 152A. En aras de garantizar la vida e integridad personal de los testigos, el juez...
- Artículo 153. Noción
- Artículo 154. Modalidades
- Artículo 155. Publicidad
- Artículo 156. Regla general
- Artículo 157. Oportunidad
- Artículo 158. Prórroga de términos
- Artículo 159. Término judicial
- Artículo 160. Término para adoptar decisiones
- Artículo 161. Clases
- Artículo 162. Requisitos comunes
- Artículo 163. Prohibición de transcripciones
- Artículo 164. Providencias de jueces colegiados o plurales
- Artículo 165. Expedición de copias
- Artículo 166. Comunicación de la sentencia
- Artículo 167. Información acerca de la ejecución de la sentencia
- Artículo 168. Criterio general
- Artículo 169. Formas
- Artículo 170. Registro de la notificación
- Artículo 171. Citaciones
- Artículo 172. Forma
- Artículo 173. Contenido
- Artículo 174. Comunicación de las peticiones escritas a las demás partes e intervinientes
- Artículo 175. Duración de los procedimientos
- Artículo 176. Recursos ordinarios
- Artículo 177. Efectos
- Artículo 178. Trámite del recurso de apelación contra autos
- Artículo 179. Trámite del recurso de apelación contra sentencias
- Artículo 179A. Cuando no se sustente el recurso de apelación se declarará...
- Artículo 179B. Procedencia del recurso de queja
- Artículo 179C. Interposición
- Artículo 179D. Trámite
- Artículo 179E. Decisión del recurso
- Artículo 179F. Desistimiento de los recursos
- Artículo 180. Finalidad
- Artículo 181. Procedencia
- Artículo 182. Legitimación
- Artículo 183. Oportunidad
- Artículo 184. Admisión
- Artículo 185. Decisión
- Artículo 186. Acumulación de fallos
- Artículo 187. Aplicación extensiva
- Artículo 188. Principio de no agravación
- Artículo 189. Suspensión de la prescripción
- Artículo 190. De la libertad
- Artículo 191. Fallo anticipado
- Artículo 192. Procedencia
- Artículo 193. Legitimación
- Artículo 194. Instauración
- Artículo 195. Trámite
- Artículo 196. Revisión de la sentencia
- Artículo 197. Impedimento especial
- Artículo 198. Consecuencias del fallo rescindente
- Artículo 199. Desistimiento
- Artículo 199A. Control automático de la sentencia que impone la prisión perpetua revisable
- Artículo 200. Órganos
- Artículo 201. Órganos de policía judicial permanente
- Artículo 202. Órganos que ejercen funciones permanentes de policía judicial de manera especial dentro de su competencia
- Artículo 203. Órganos que ejercen transitoriamente funciones de policía judicial
- Artículo 204. Órgano técnico-científico
- Artículo 205. Actividad de policía judicial en la indagación e investigación
- Artículo 206. Entrevista
- Artículo 206A. Entrevista forense a niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos tipificados en el título iv del código penal, al igual que en los artículos 138, 139, 141, 188a, 188c, 188d, relacionados con violencia sexual
- Artículo 207. Programa metodológico
- Artículo 208. Actividad de policía
- Artículo 209. Informe de investigador de campo
- Artículo 210. Informe de investigador de laboratorio
- Artículo 211. Grupos de tareas especiales
- Artículo 212. Análisis de la actividad de policía judicial en la indagación e investigación
- Artículo 212A. Protección de testigos en la etapa de indagación e investigación
- Artículo 212 B. Reserva de la actuación penal
- Artículo 213. Inspección del lugar del hecho
- Artículo 214. Inspección de cadáver
- Artículo 215. Inspecciones en lugares distintos al del hecho
- Artículo 216. Aseguramiento y custodia
- Artículo 217. Exhumación
- Artículo 218. Aviso de ingreso de presuntas víctimas
- Artículo 219. Procedencia de los registros y allanamientos
- Artículo 220. Fundamento para la orden de registro y allanamiento
- Artículo 221. Respaldo probatorio para los motivos fundados
- Artículo 222. Alcance de la orden de registro y allanamiento
- Artículo 223. Objetos no susceptibles de registro
- Artículo 224. Plazo de diligenciamiento de la orden de registro y allanamiento
- Artículo 224 A. Término para la realización de actividades investigativas de Grupos Delictivos Organizados y Grupos Armados Organizados
- Artículo 225. Reglas particulares para el diligenciamiento de la orden de registro y allanamiento
- Artículo 226. Allanamientos especiales
- Artículo 227. Acta de la diligencia
- Artículo 228. Devolución de la orden y cadena de custodia
- Artículo 229. Procedimiento en caso de flagrancia
- Artículo 230. Excepciones al requisito de la orden escrita de la fiscalía general de la nación para proceder al registro y allanamiento
- Artículo 231. Interés para reclamar la violación de la expectativa razonable de intimidad en relación con los registros y allanamientos
- Artículo 232. Cláusula de exclusión en materia de registros y allanamientos
- Artículo 233. Retención de correspondencia
- Artículo 234. Examen y devolución de la correspondencia
- Artículo 235. Interceptación de comunicaciones
- Artículo 236. Recuperación de información producto de la transmisión de datos a través de las redes de comunicaciones
- Artículo 237. Audiencia de control de legalidad posterior
- Artículo 238. Inimpugnabilidad de la decisión
- Artículo 239. Vigilancia y seguimiento de personas
- Artículo 240. Vigilancia de cosas
- Artículo 241. Análisis e infiltración de organización criminal
- Artículo 242. Actuación de agentes encubiertos
- Artículo 242A. Operaciones encubiertas contra la corrupción
- Artículo 242 B. Operaciones encubiertas en medios de comunicación virtual
- Artículo 243. Entrega vigilada
- Artículo 244. Búsqueda selectiva en bases de datos
- Artículo 245. Exámenes de adn que involucren al indiciado o al imputado
- Artículo 246. Regla general
- Artículo 247. Inspección corporal
- Artículo 248. Registro personal
- Artículo 249. Obtención de muestras que involucren al imputado
- Artículo 250. Procedimiento en caso de lesionados o de víctimas de agresiones sexuales
- Artículo 251. Métodos
- Artículo 252. Reconocimiento por medio de fotografías o vídeos
- Artículo 253. Reconocimiento en fila de personas
- Artículo 254. Aplicación
- Artículo 255. Responsabilidad
- Artículo 256. Macroelementos materiales probatorios
- Artículo 257. Inicio de la cadena de custodia
- Artículo 258. Traslado de contenedor
- Artículo 259. Traspaso de contenedor
- Artículo 260. Actuación del perito
- Artículo 261. Responsabilidad de cada custodio
- Artículo 262. Remanentes
- Artículo 263. Examen previo al recibo
- Artículo 264. Identificación
- Artículo 265. Certificación
- Artículo 266. Destino de macroelementos
- Artículo 267. Facultades de quien no es imputado
- Artículo 268. Facultades del imputado
- Artículo 269. Contenido de la solicitud
- Artículo 270. Actuación del perito
- Artículo 271. Facultad de entrevistar
- Artículo 272. Obtención de declaración jurada
- Artículo 273. Criterios de valoración
- Artículo 274. Solicitud de prueba anticipada
- Artículo 275. Elementos materiales probatorios y evidencia física
- Artículo 276. Legalidad
- Artículo 277. Autenticidad
- Artículo 278. Identificación técnico científica
- Artículo 279. Elemento material probatorio y evidencia física recogidos por agente encubierto o por agente infiltrado
- Artículo 280. Elemento material probatorio y evidencia física recogidos en desarrollo de entrega vigilada
- Artículo 281. Elemento material probatorio y evidencia física remitidos del extranjero
- Artículo 282. Interrogatorio a indiciado
- Artículo 283. Aceptación por el imputado
- Artículo 284. Prueba anticipada
- Artículo 285. Conservación de la prueba anticipada
- Artículo 286. Concepto
- Artículo 287. Situaciones que determinan la formulación de la imputación
- Artículo 288. Contenido
- Artículo 289. Formalidades
- Artículo 290. Derecho de defensa
- Artículo 291. Contumacia
- Artículo 292. Interrupción de la prescripción
- Artículo 293. Procedimiento en caso de aceptación de la imputación
- Artículo 294. Vencimiento del término
- Artículo 295. Afirmación de la libertad
- Artículo 296. Finalidad de la restricción de la libertad
- Artículo 297. Requisitos generales
- Artículo 298. Contenido y vigencia
- Artículo 299. Trámite de la orden de captura
- Artículo 300. Captura excepcional por orden de la fiscalía
- Artículo 301. Flagrancia
- Artículo 302. Procedimiento en caso de flagrancia
- Artículo 303. Derechos del capturado
- Artículo 304. Formalización de la reclusión
- Artículo 305. Registro de personas capturadas y detenidas
- Artículo 305A. Registro nacional de órdenes captura
- Artículo 306. Solicitud de imposición de medida de aseguramiento
- Artículo 307. Medidas de aseguramiento
- Artículo 307 A. Término de la detención preventiva
- Artículo 308. Requisitos
- Artículo 309. Obstrucción de la justicia
- Artículo 310. Peligro para la comunidad
- Artículo 311. Peligro para la víctima
- Artículo 312. No comparecencia
- Artículo 313. Procedencia de la detención preventiva
- Artículo 313 A. Criterios para determinar el peligro para la comunidad y el riesgo de no comparecencia en las investigaciones contra miembros de Grupos Delictivos Organizados y Grupos Armados Organizados
- Artículo 314. Sustitución de la detención preventiva
- Artículo 315. Medidas de aseguramiento no privativas de la libertad
- Artículo 316. Incumplimiento
- Artículo 317. Causales de libertad
- Artículo 317 A. Causales de libertad
- Artículo 318. Solicitud de revocatoria
- Artículo 319. De la caución
- Artículo 320. Informe sobre medidas de aseguramiento
- Artículo 321. Principio de oportunidad y política criminal
- Artículo 322. Legalidad
- Artículo 323. Aplicación del principio de oportunidad
- Artículo 324. Causales
- Artículo 325. Suspensión del procedimiento a prueba
- Artículo 326. Condiciones a cumplir durante el período de prueba
- Artículo 327. Control judicial en la aplicación del principio de oportunidad
- Artículo 328. La participación de las víctimas
- Artículo 329. Efectos de la aplicación del principio de oportunidad
- Artículo 330. Reglamentación
- Artículo 331. Preclusión
- Artículo 332. Causales
- Artículo 333. Trámite
- Artículo 334. Efectos de la decisión de preclusión
- Artículo 335. Rechazo de la solicitud de preclusión
- Artículo 336. Presentación de la acusación
- Artículo 337. Contenido de la acusación y documentos anexos
- Artículo 338. Citación
- Artículo 339. Trámite
- Artículo 340. La víctima
- Artículo 341. Trámite de impugnación de competencia
- Artículo 342. Medidas de protección
- Artículo 343. Fecha de la audiencia preparatoria
- Artículo 344. Inicio del descubrimiento
- Artículo 345. Restricciones al descubrimiento de prueba
- Artículo 346. Sanciones por el incumplimiento del deber de revelación de información durante el procedimiento de descubrimiento
- Artículo 347. Procedimiento para exposiciones
- Artículo 348. Finalidades
- Artículo 349. Improcedencia de acuerdos o negociaciones con el imputado o acusado
- Artículo 350. Preacuerdos desde la audiencia de formulación de imputación
- Artículo 351. Modalidades
- Artículo 352. Preacuerdos posteriores a la presentación de la acusación
- Artículo 353. Aceptación total o parcial de los cargos
- Artículo 354. Reglas comunes
- Artículo 355. Instalación de la audiencia preparatoria
- Artículo 356. Desarrollo de la audiencia preparatoria
- Artículo 357. Solicitudes probatorias
- Artículo 358. Exhibición de los elementos materiales de prueba
- Artículo 359. Exclusión, rechazo e inadmisibilidad de los medios de prueba
- Artículo 360. Prueba ilegal
- Artículo 361. Prohibición de pruebas de oficio
- Artículo 362. Decisión sobre el orden de la presentación de la prueba
- Artículo 363. Suspensión
- Artículo 364. Reanudación de la audiencia
- Artículo 365. Fijación de la fecha de inicio del juicio oral
- Artículo 366. Inicio del juicio oral
- Artículo 367. Alegación inicial
- Artículo 368. Condiciones de validez de la manifestación
- Artículo 369. Manifestaciones de culpabilidad preacordadas
- Artículo 370. Decisión del juez
- Artículo 371. Declaración inicial
- Artículo 372. Fines
- Artículo 373. Libertad
- Artículo 374. Oportunidad de pruebas
- Artículo 375. Pertinencia
- Artículo 376. Admisibilidad
- Artículo 377. Publicidad
- Artículo 378. Contradicción
- Artículo 379. Inmediación
- Artículo 380. Criterios de valoración
- Artículo 381. Conocimiento para condenar
- Artículo 382. Medios de conocimiento
- Artículo 383. Obligación de rendir testimonio
- Artículo 384. Medidas especiales para asegurar la comparecencia de testigos
- Artículo 385. Excepciones constitucionales
- Artículo 386. Impedimento del testigo para concurrir
- Artículo 387. Testimonios especiales
- Artículo 388. Testimonio de agente diplomático
- Artículo 389. Juramento
- Artículo 390. Examen de los testigos
- Artículo 391. Interrogatorio cruzado del testigo
- Artículo 392. Reglas sobre el interrogatorio
- Artículo 393. Reglas sobre el contrainterrogatorio
- Artículo 394. Acusado y coacusado como testigo
- Artículo 395. Oposiciones durante el interrogatorio
- Artículo 396. Examen separado de testigos
- Artículo 397. Interrogatorio por el juez
- Artículo 398. Testigo privado de libertad
- Artículo 399. Testimonio de policía judicial
- Artículo 400. Testigo sordomudo
- Artículo 401. Testigo de lengua extranjera
- Artículo 402. Conocimiento personal
- Artículo 403. Impugnación de la credibilidad del testigo
- Artículo 404. Apreciación del testimonio
- Artículo 405. Procedencia
- Artículo 406. Prestación del servicio de peritos
- Artículo 407. Número de peritos
- Artículo 408. Quiénes pueden ser peritos
- Artículo 409. Quiénes no pueden ser nombrados
- Artículo 410. Obligatoriedad del cargo de perito
- Artículo 411. Impedimentos y recusaciones
- Artículo 412. Comparecencia de los peritos a la audiencia
- Artículo 413. Presentación de informes
- Artículo 414. Admisibilidad del informe y citación del perito
- Artículo 415. Base de la opinión pericial
- Artículo 416. Acceso a los elementos materiales
- Artículo 417. Instrucciones para interrogar al perito
- Artículo 418. Instrucciones para contrainterrogar al perito
- Artículo 419. Perito impedido para concurrir
- Artículo 420. Apreciación de la prueba pericial
- Artículo 421. Limitación a las opiniones del perito sobre insanidad mental
- Artículo 422. Admisibilidad de publicaciones científicas y de prueba novel
- Artículo 423. Presentación de la evidencia demostrativa
- Artículo 424. Prueba documental
- Artículo 425. Documento auténtico
- Artículo 426. Métodos de autenticación e identificación
- Artículo 427. Documentos procedentes del extranjero
- Artículo 428. Traducción de documentos
- Artículo 429. Presentación de documentos
- Artículo 429 A. Cooperación interinstitucional en materia de investigación criminal
- Artículo 430. Documentos anónimos
- Artículo 431. Empleo de los documentos en el juicio
- Artículo 432. Apreciación de la prueba documental
- Artículo 433. Criterio general
- Artículo 434. Excepciones a la regla de la mejor evidencia
- Artículo 435. Procedencia
- Artículo 436. Criterios para decretarla
- Artículo 437. Noción
- Artículo 438. Admisión excepcional de la prueba de referencia
- Artículo 439. Prueba de referencia múltiple
- Artículo 440. Utilización de la prueba de referencia para fines de impugnación
- Artículo 441. Impugnación de la credibilidad de la prueba de referencia
- Artículo 442. Petición de absolución perentoria
- Artículo 443. Turnos para alegar
- Artículo 444. Extensión de los alegatos
- Artículo 445. Clausura del debate
- Artículo 446. Contenido
- Artículo 447. Individualización de la pena y sentencia
- Artículo 448. Congruencia
- Artículo 449. Libertad inmediata
- Artículo 450. Acusado no privado de la libertad
- Artículo 451. Acusado privado de la libertad
- Artículo 452. Situación de los inimputables
- Artículo 453. Requerimiento por otra autoridad
- Artículo 454. Principio de concentración
- Artículo 455. Nulidad derivada de la prueba ilícita
- Artículo 456. Nulidad por incompetencia del juez
- Artículo 457. Nulidad por violación a garantías fundamentales
- Artículo 458. Principio de taxatividad
- Artículo 459. Ejecución de penas y medidas de seguridad
- Artículo 460. Acumulación jurídica
- Artículo 461. Sustitución de la ejecución de la pena
- Artículo 462. Aplicación de las penas accesorias
- Artículo 463. Informes
- Artículo 464. Remisión
- Artículo 465. Entidad competente
- Artículo 466. Internación de inimputables
- Artículo 467. Libertad vigilada
- Artículo 468. Suspensión, sustitución o cesación de la medida de seguridad
- Artículo 469. Revocatoria de la suspensión condicional
- Artículo 470. Medidas de seguridad para indígenas
- Artículo 471. Solicitud
- Artículo 472. Decisión
- Artículo 473. Condición para la revocatoria
- Artículo 474. Procedencia
- Artículo 475. Ejecución de la pena por no reparación de los daños
- Artículo 476. Extinción de la condena y devolución de la caución
- Artículo 477. Negación o revocatoria de los mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad
- Artículo 478. Decisiones
- Artículo 479. Prórroga para el pago de perjuicios
- Artículo 480. Concesión
- Artículo 481. Anexos a la solicitud de rehabilitación
- Artículo 482. Comunicaciones
- Artículo 483. Ampliación de pruebas
- Artículo 483A. Procedimiento para la revisión de la prisión perpetua por evaluación de resocialización
- Artículo 483B. Contenido del dictamen de peritos
- Artículo 483C. Contenido del concepto del equipo psicosocial del INPEC
- Artículo 484. Principio general
- Artículo 485. Solicitudes de cooperación judicial a las autoridades extranjeras
- Artículo 486. Traslado de testigos y peritos
- Artículo 487. Delitos transnacionales
- Artículo 488. Facultades para evitar dilaciones injustificadas
- Artículo 489. Límite de la asistencia
- Artículo 490. La extradición
- Artículo 491. Concesión u ofrecimiento de la extradición
- Artículo 492. Extradición facultativa
- Artículo 493. Requisitos para concederla u ofrecerla
- Artículo 494. Condiciones para el ofrecimiento o concesión
- Artículo 495. Documentos anexos para la solicitud u ofrecimiento
- Artículo 496. Concepto del ministerio de relaciones exteriores
- Artículo 497. Estudio de la documentación
- Artículo 498. Perfeccionamiento de la documentación
- Artículo 499. Envío del expediente a la corte suprema de justicia
- Artículo 500. Trámite
- Artículo 501. Concepto de la corte suprema de justicia
- Artículo 502. Fundamentos de la resolución que concede o niega la extradición
- Artículo 503. Resolución que niega o concede la extradición
- Artículo 504. Entrega diferida
- Artículo 505. Prelación en la concesión
- Artículo 506. Entrega del extraditado
- Artículo 507. Entrega de objetos
- Artículo 508. Gastos
- Artículo 509. Captura
- Artículo 510. Derecho de defensa
- Artículo 511. Causales de libertad
- Artículo 512. Requisitos para solicitarla
- Artículo 513. Examen de la documentación
- Artículo 514. Gestiones diplomáticas para obtener la extradición
- Artículo 515. Ejecución en colombia
- Artículo 516. Requisitos
- Artículo 517. Trámite
- Artículo 518. Definiciones
- Artículo 519. Reglas generales
- Artículo 520. Condiciones para la remisión a los programas de justicia restaurativa
- Artículo 521. Mecanismos
- Artículo 522. La conciliación en los delitos querellables
- Artículo 523. Concepto
- Artículo 524. Procedencia
- Artículo 525. Solicitud
- Artículo 526. Efectos de la mediación
- Artículo 527. Directrices
- Artículo 528. Proceso de implementación
- Artículo 529. Criterios para la implementación
- Artículo 530. Selección de distritos judiciales
- Artículo 531. Proceso de descongestión, depuración y liquidación de procesos
- Artículo 532. Ajustes en plantas de personal en fiscalía general de la nación, rama judicial, defensoría del pueblo y entidades que cumplen funciones de policía judicial
- Artículo 533. Derogatoria y vigencia
- Artículo 534. Ámbito de aplicación
- Artículo 535. Integración
- Artículo 536. Traslado de la acusación
- Artículo 537. Traslado de la acusación en audiencia de solicitud de medida de aseguramiento
- Artículo 538. Contenido de la acusación y documentos anexos
- Artículo 539. Aceptación de cargos en el procedimiento abreviado
- Artículo 540. Presentación de la acusación
- Artículo 541. Término para la audiencia concentrada
- Artículo 542. Audiencia concentrada
- Artículo 543. Fijación de la audiencia de juicio oral
- Artículo 544. Trámite del juicio oral
- Artículo 545. Traslado de la sentencia e interposición de recursos
- Artículo 546. Notificaciones
- Artículo 547. Justicia restaurativa en el procedimiento especial abreviado
- Artículo 548. Causales de libertad en el procedimiento penal abreviado
- Artículo 549. Acusador privado
- Artículo 550. Conductas punibles susceptibles de conversión de la acción penal
- Artículo 551. Titulares de la acción penal privada
- Artículo 552. Procedencia de la conversión
- Artículo 553. Solicitud de conversión
- Artículo 554. Decisión sobre la conversión
- Artículo 555. Representación del acusador privado
- Artículo 556. Actos de investigación
- Artículo 557. Apoyo investigativo
- Artículo 558. Solicitud de medida de aseguramiento
- Artículo 559. Traslado de la custodia de los elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida
- Artículo 560. Reversión
- Artículo 561. Traslado y presentación de la acusación privada
- Artículo 562. Preclusión por atipicidad absoluta
- Artículo 563. Destrucción del objeto material del delito
- Artículo 564. De la reparación integral al acusador privado
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Buenos días
Tengo una liquidación de sociedad conyugal, durante el proceso se dejaron de tener en cuenta en el inventario y avalúo algunos pasivos y recompensas puedo pedir inventario y avalúo adicionales teniendo en cuenta el artículo 503 ?
Muchas gracias
¡Buen día! Si gusta puedo darle mi apreciación jurídica sobre el caso; soy abogado; Whatsapp 3175640466.
¡Buen día! Si gusta puedo darle mi apreciación jurídica sobre su caso; soy abogado; Whatsapp 3175640466.
Hola. mi consulta es sobre arriendo de local comercial. Acabo de cumplir 4 años en un local. El contrato se renovó por periodo de un año el 1 de octubre de 2024 (hasta 1 de octubre de 2025). el dueño del local puso en venta la casa y parece que hay un comprador. En caso que se cierre el negocio y se venda la casa, el nuevo dueño me puede sacar del local? me deben dar un tiempo para irme? aplica alguna indemnizacion a mi favor?
Buen día, quisiera saber si un trabajador que lleva laborando en una empresa por más de 15 años con contratos a término fijo de un año (cada año en enero se renueva después del periodo de vacaciones), si la empresa decide no renovar ese contrato, el trabajador tiene derecho a una indemnización por el tiempo que lleva laborando?
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