Imprimir

Código de Procedimiento Penal Artículo 7o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Código de Procedimiento Penal
Artículo 7o. Presunción de inocencia e in dubio pro reo

Toda persona se presume inocente y debe ser tratada como tal, mientras no quede en firme decisión judicial definitiva sobre su responsabilidad penal.

En consecuencia, corresponderá al órgano de persecución penal la carga de la prueba acerca de la responsabilidad penal. La duda que se presente se resolverá a favor del procesado.

En ningún caso podrá invertirse esta carga probatoria.

Para proferir sentencia condenatoria deberá existir convencimiento de la responsabilidad penal del acusado, más allá de toda duda.





Colombia Art. 7o CPP
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...5o 6o 7o 8o 9o ...564

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Un empleador puede contratar a todos sus empleados con el tipo de contrato de "confianza y manejo" para omitir la jornada laboral de 42 horas semanales?


La licencia por luto de cinco (5) días que se menciona en el numeral 10 de este artículo, debe entenderse como días hábiles, según lo estipulado en la Ley 1280 de 2009.


Email: temasdeley@gmail.com

WhatsApp: 573166406899

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Buenas tardes. Cómo puedo presentar una queja ante la CDJ/CSJ? 


Buenas tardes. Cómo puedo presentar una queja ante la CDJ/CSJ? 


Buenas tardes. Cómo puedo presentar una queja ante la CDJ/CSJ? 


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse