Código de Procedimiento Penal Artículo 326 Colombia
Código de Procedimiento Penal
Artículo 326. Condiciones a cumplir durante el período de prueba
El Fiscal fijará el período de prueba, el cual no podrá ser superior a tres (3) años, y determinará una o varias de las condiciones que deberán cumplir el imputado o acusado hasta antes de la Audiencia de juzgamiento, entre las siguientes:a) Residir en un lugar determinado e informar al Fiscal del conocimiento cualquier cambio del mismo.
b) Participar en programas especiales de tratamiento con el fin de superar problemas de dependencia a drogas o bebidas alcohólicas.
c) Prestar servicios a favor de instituciones que se dediquen al trabajo social a favor de la comunidad.
d) Someterse a un tratamiento médico o psicológico.
e) No poseer o portar armas de fuego.
f) No conducir vehículos automotores, naves o aeronaves.
g) La reparación integral a las víctimas, de conformidad con los mecanismos establecidos en la ley.
h) La realización de actividades a favor de la recuperación de las víctimas.
i) La colaboración activa y efectiva en el tratamiento psicológico para la recuperación de las víctimas, siempre y cuando medie su consentimiento.
j) La manifestación pública de arrepentimiento por el hecho que se le imputa.
k) La obligación de observar buena conducta individual, familiar y social.
1) La dejación efectiva de las armas y la manifestación expresa de no participar en actos delictuales.
m) La cooperación activa y efectiva para evitar la continuidad en la ejecución del delito, la comisión de otros delitos y la desarticulación de bandas criminales, redes de narcotráfico, grupos al margen de la ley, o, aquellas organizaciones vinculadas con los delitos a los que hace referencia el parágrafo 2o del artículo 324.
PARÁGRAFO. Durante el periodo de prueba el imputado o acusado hasta antes de la audiencia deberá someterse a la vigilancia que el fiscal determine sin menoscabo de su dignidad. Vencido el periodo de prueba y verificado el cumplimiento de las condiciones, el fiscal solicitará el archivo definitivo de la actuación de acuerdo a lo reglamentado en el artículo siguiente.
Colombia Art. 326 CPP
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Cuantos metros de anterioridad se deben prender las luces direccionales para cambio de carril
Buen día.
quisiera saber a donde tengo que dirigirme para obtener un permiso laboral como menor de edad.
Gracias.
Buen día hice una demanda por estafa en la cual esta la prueba radical de que salio el dinero de mi cuenta a la cuenta en la cual me estafaron tengo todos los datos del estafador y aun así inactivaron mi caso por falta de pruebas
LA NUEVA REFORMA en el CPACA: LEY 2080 DE 2021.
DICTAMEN PERICIAL SOLICITADO POR LAS PARTES:
i) Practica y Contradicción: En lo no previsto por el CPACA, se regulará por las normas del dictamen Pericial Decretado de Oficio del Código General del Proceso.
ii) Designación del Perito: …” Las listas de auxiliares de la justicia serán obligatorias para magistrados, jueces…” (Art. 48 C.G.P)
iii) Cuestionario: Se señalará al perito el cuestionario que debe resolver, conforme con la petición del solicitante de la prueba.
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Hola buenas tardes, compré un predio y en el se encuentra instalada una servidumbre (antena de EPM) solicité la indennizacion y dicen que la servidumbre estaba antes de ellos administrar la antena establecida, ellos no tienen titulo ni negociaron con el anterior propietario, según la ley 142 tengo el derecho de hacer a una indenización. espero una ayuda a está solicitud.
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