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Código de Procedimiento Penal Artículo 199A Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 02/12/2023

Código de Procedimiento Penal
Artículo 199A. Control automático de la sentencia que impone la prisión perpetua revisable

Dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la sentencia condenatoria que imponga la pena prisión perpetua revisable, el expediente será enviado al superior jerárquico para que proceda a realizar su control automático. Si el primer fallo condenatorio fuere dictado por la Corte Suprema de Justicia, se seguirá lo establecido en el numeral 7° del artículo 235 de la Constitución Política, modificado por el acto legislativo 01 de 2018, sobre la doble conformidad. El control automático de la sentencia se concederá en efecto suspensivo. 

Dentro del mismo término, las partes e intervinientes podrán presentar alegatos por escrito con los argumentos que sustenten la solicitud de confirmación, revocatoria o modificación de la sentencia condenatoria, a fin de que sean tenidos en cuenta al momento de resolver el control automático. 

Contra la sentencia de los Tribunales Superiores del Distrito Judicial que define el control automático, procede el recurso extraordinario de casación. 

PARÁGRAFO. El incumplimiento de los términos aquí establecidos y/o su demora implica falta disciplinaria de los funcionarios responsables. 



Colombia Art. 199A CPP
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Si el testamento queda mal no puede arreglarse. Es decir, cuando la persona se da cuenta que su testamento no cumplió uno de los requisitos que indica la ley, es necesario que realice un nuevo testamento que cumpla todos los requisitos. Obviamente si la persona ya falleció, el testamento no se podrá corregir.


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Artículo 2395. Acciones de reembolso e indemnizacion del fiador contra el deudo


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