CPC Artículo 303 Colombia
Codigo de Procedimiento Civil
Artículo 303. Formalidades
<Artículo derogado por el literal c) del artículo 626 de la Ley 1564 de 2012. Rige a partir del 1o. de enero de 2014, en los términos del numeral 6) del artículo 627> <Artículo modificado por el artículo 1, numeral 133 del Decreto 2282 de 1989. El nuevo texto es el siguiente:> Toda providencia se encabezará con la denominación del correspondiente juzgado o corporación, seguida del lugar y la fecha en que se pronuncie, expresada en letras, y terminará con las firmas del juez o los magistrados.
Las que se profieran en una audiencia o diligencia se insertarán en las actas respectivas, salvo en proceso verbal. Sólo se mencionarán los nombres de los apoderados judiciales, cuando se reconozca su personería o se les imponga alguna condena.
A excepción de los autos que se limiten a disponer un trámite, las providencias serán motivadas de manera breve y precisa; no se podrá hacer transcripciones de actas, decisiones o conceptos, que obren en el expediente. Este deberá pasarse a la secretaría en la misma fecha en que aquéllas se pronuncien.
Ninguna providencia requiere la firma del secretario.
Colombia Art. 303 Codigo de Procedimiento Civil Decreto 1400 de 1970
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Aunque el Artículo 313 menciona sólo el sector de la construcción, esto no significa que los trabajadores de otros sectores estén desprotegidos frente a riesgos climáticos. La normativa colombiana establece un marco general de protección a través del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. El Decreto 1072 de 2015 impone a todo empleador la obligación de proteger la seguridad y salud de sus trabajadores. Que en este artículo 313 se mencione sólo el sector de la construcción se debe a la antigüedad de la norma, ya que proviene de una protección que se implementó en 1950. Esto no significa que los demás sectores posiblemente afectados por este fenómeno climático, estén sin protección en Colombia. Normas como el RETIE etc, complementan una protección general para los trabajadores ante los rayos en Colombia.
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Porque este artículo solo tiene alcance para sector de la construcción. Debería ampliarse para todos los sectores con ese factor de riesgo. También ampliarlo en forma obligatoria para trabajos con exposición a los rayos de las tormentas eléctricas, incluso con rayos secos, sin presencia de lluvias. Carlos Miguel Farias Malagon. Experto en riesgo laboral por tormentas eléctricas, 3144800586
En el caso de revocación del poder, el efecto es inmediato, es decir, se revoca con la sola radicación del escrito en el juzgado. No se indica en ningún lado que haya que esperar un término de 5 días o cualquier otro término.
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cuánto tiempo tiene la oficina de registro de instrumentos públicos para corregir un certificado de libertad y tradición?
tengo una duda en el caso de la revocación del poder se usan los mismos 5 días de la renuncia para que se de por terminado el poder o que tiempo se utiliza?
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