C Cio Artículo 1843 Colombia
Código de Comercio
Artículo 1843. Limites a la responsabilidad del explotador por abordaje
La responsabilidad del explotador por abordaje de una aeronave no excederá, por lo que se refiere a daños causados a las personas, a las otras aeronaves o a los bienes a bordo, de los siguientes límites: 1) Por muerte, lesiones o retrasos causados a una persona a bordo; o a los objetos que se encuentran bajo la custodia de una persona a bordo, y por pérdida, daños o retrasos de cualesquiera otros bienes a bordo, que no pertenezcan al explotador, según los artículos 1881, 1886 y 1887;
2) Por pérdida o daños de la aeronave, su equipo y accesorios y demás bienes a bordo pertenecientes al explotador, el valor real al tiempo del abordaje, o el costo de su reparación o sustitución, tomando como límite el que sea menor, y
3) Por daños derivados de la no utilización de la aeronave, el 10% del valor de tal aeronave, determinado conforme al inciso anterior.
PARÁGRAFO. El explotador no podrá acogerse a los límites de responsabilidad en los casos contemplados en el artículo 1833.
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Colombia Art. 1843 CCom, CDC, C Co
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Hola cordial saludo mi pregunta es qué pasa si la policía tiene mi número de cédula sin consentimiento alguno y la pasan a la dijin eso es legal o ilegal
soy representante legal de un local y pago seguridad social puedo yo como representante legal ser empleado de mi misma empresa
Buenas tardes, hace ya varios días arrendé un apartamento a través de una inmobiliaria, pero en el momento de hacer uso del inmueble este comenzó a presentar fallas en una de las tuberías de desagüe lo que está generando no solo humedades sino goteo excesivo y en la mayor parte de los casos encharcamiento en la planta de abajo. Le he comunicado este problema en varias oportunidades a la inmobiliaria y la única solución que me han brindado es enviar a su propio fontanero para que realice las reparaciones, pero estas son mediocres y no las que realmente se requieren para que el problema se detenga. Estas reparaciones se han hecho casi que una vez por semana y aun sigo sin una solución definitiva. A este punto ya me encuentro cansado de esta situación y quisiera saber si esto puede llegar a ser causal de terminación de nuestro contrato sin tener que ser penalizado, ya que por dichas fugas de agua hacen que sea realmente difícil habitar este apartamento. Muchas gracias por su atención y respuesta.
buenas tarde, cuales son los requisitos, el procedimiento para crear una vereda y e que leyes se basa la craecion de una vereda
que pasa si la autoridad competente no realiza la aprehensión y el secuestro del bien.
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