C Cio Artículo 384 Colombia
Código de Comercio
Artículo 384. Definición de suscripción de acciones
La suscripción de acciones es un contrato por el cual una persona se obliga a pagar un aporte a la sociedad de acuerdo con el reglamento respectivo y a someterse a sus estatutos. A su vez, la compañía se obliga a reconocerle la calidad de accionista y a entregarle el título correspondiente. En el contrato de suscripción no podrá pactarse estipulación alguna que origine una disminución del capital suscrito o del pagado.
Colombia Art. 384 CCom, CDC, C Co
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Sobre lo indicado en este art 10 del Código de Comercio, para que una actividad sea considerada profesional, no basta con que sea habitual; debe ser económicamente significativa para la persona. La actividad comercial debe constituir o representar la fuente principal y permanente de los recursos económicos para la persona que la ejerce. El ejercicio profesional implica que la actividad comercial le sirva a la persona como medio de vida. Por lo tanto, si una persona realiza actos de comercio de manera recurrente pero estos no constituyen su principal sustento económico, podría no ser considerada comerciante.
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Si yo pago los 2 años de alimentos la madre se los puede gastar un un carro o una casa o cuando el menor cumpla los 18 años me devuelven la plata
En el punto d) que dice 6 horas diarias y 36 horas a la semana hace referencia también a 36 horas semanales promedio o promedio por ciclos (turnos 28/7)?
La forma más segura y recomendada para averiguar sobre la existencia de un proceso sin correr riesgos es a través de un abogado que ejerza su derecho a la defensa. Presentarse directamente sin asesoría podría resultar en la ejecución de una orden de captura si esta ya ha sido emitida.
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Código de Comercio Artículo 382. Emisión de acciones privilegiadas en la sociedad anónima Código de Comercio Artículo 387. Cancelación por cuotas o plazos para el pago Código de Comercio Artículo 381. Acciones ordinarias o privilegiadas-privilegios de los titulares en las sociedades anónimas Código de Comercio Artículo 379. Derecho de los accionistas de la sociedad anónima Código de Comercio Artículo 386. Contenido del reglamento de suscripción de accionesPublique la información de sí mismo
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