Código de Minas Artículo 337 Colombia
Código de Minas
Artículo 337. Objetivos
El Sistema de Información Minera tendrá como objetivos principales:1. Recoger, procesar y divulgar la información que se realice en el sector minero.
2. Realizar una adecuada coordinación de las investigaciones que desarrollen las distintas entidades y organismos del sector.
3. Servir como fuente de información para el diseño de planes y programas de promoción de la industria minera.
4. Facilitar, con base en la información minera confiable, el acceso de nuevos inversionistas y el diseño de proyectos mineros.
5. Unificar la información existente en relación con el sector minero.
6. Administrar el Registro Minero Nacional.
Colombia Art. 337 Código de Minas Ley 685 de 2001
Mejores juristas
·S E NS O R· Estudio Jurídico de Colombia
WORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Norman Agudelo
JORGE IVAN POSADA
La Sentencia T-023 de 2026 indica que una entidad administradora de pensiones no puede exigir a un hijo o hija menor de 18 años que demuestre dependencia económica cuando la ley no establece ese requisito para esa categoría de beneficiario. Exigirlo vulnera el debido proceso administrativo, la seguridad social y el interés superior del menor.
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
Leer de nuevo
Código Civil Artículo 102. Código de Comercio Artículo 1512. Aplicación de ley colombiana al contrato de enrolamiento celebrado en el exterior Código de Comercio Artículo 1526. Mercancías no consideradas avería gruesa Código Penal Artículo 33A. Medidas en caso de declaratoria de inimputabilidad Código de Comercio Artículo 1717. Existencia de garantía implícita en la prórroga de viajeRecomendados
Código de Minas Artículo 335. Delegación Código de Minas Artículo 334. Corrección y cancelación Código de Minas Artículo 339. Carácter de la información minera Código de Minas Artículo 308. La solicitud Se conmemoran los 30 años del Carnaval Departamental del Atlántico y los 10 años del Reinado Intermunicipal Artículo 1o.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios