CPACA Artículo 111 Colombia
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Artículo 111. Funciones de la sala plena de lo contencioso administrativo
La Sala de lo Contencioso administrativo en pleno tendrá las siguientes funciones:
1. Conocer de todos los procesos contenciosos administrativos cuyo juzgamiento atribuya la ley al Consejo de Estado y que específicamente no se hayan asignado a las secciones.
2. Resolver los recursos extraordinarios de revisión contra las sentencias dictadas por las secciones o subsecciones y los demás que sean de su competencia.
3. Dictar auto o sentencia de unificación en los asuntos indicados en el artículo 271 de este código.
4. Requerir a los tribunales el envío de determinados asuntos que estén conociendo en segunda instancia con el fin de unificar jurisprudencia en los términos del artículo 271 de este código.
5. Conocer de la nulidad por inconstitucionalidad que se promueva contra los decretos cuyo control no corresponda a la Corte Constitucional.
6. Conocer de la pérdida de investidura de los congresistas, de conformidad con el procedimiento establecido en la ley.
7. Conocer del recurso extraordinario especial de revisión de las sentencias de pérdida de investidura de los congresistas. En estos casos, los Magistrados del Consejo de Estado que participaron en la decisión impugnada no serán recusables ni podrán declararse impedidos por ese solo hecho.
8. Ejercer el control inmediato de legalidad de los actos de carácter general dictados por autoridades nacionales con fundamento y durante los estados de excepción.
PARÁGRAFO. La Corte Suprema de Justicia conocerá de los procesos contra los actos administrativos emitidos por el Consejo de Estado.
Colombia Art. 111 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Mejores juristas





en materia de responsabilidad civil, la culpa vendria siendo presunta o probada
Se puede impgnar un comparendo que impusieron por tener el certificado bomberil vencido en 31 de dic 2022 en eun establecimiento
Buenas Tardes
si mi turno de trabajo es 14 dias y descanso 7 dias, los domingo a que valor me los debes cancelar, o se deben cancelar a algún porcentaje diferente a los días de semana.
El artículo 1325 del código civil habla de la reivindicación de la herencia, al respecto es bueno diferenciar entre la reivindicación de herencia y la acción de petición de herencia, ya que en la reivindicación la posesión la tiene un tercero y no un heredero. Adicionalmente es necesario indicar que en la petición de herencia el heredero puede reclamar las cosas corporales y las incorporales, en la reivindicación de la herencia solo puede reclamar los bienes corporales (art 947 del cod civil)
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
Atendemos a nivel nacional. Consulte por WhatsApp. Civil, familia, penal, comercial, laboral, propiedad horizontal, administrativo.
Que pasa si los denunciantes no aparecen más a ninguna audiencia?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios