Código de Procedimiento Penal Artículo 83 A Colombia
Código de Procedimiento Penal
Artículo 83 A. Suspensión de giros nacionales e internacionales del sistema postal de pagos
En cualquier momento de la actuación, a petición de la fiscalía, el juez de control de garantías podrá ordenar el no pago de un objeto del sistema postal de pagos, cuando tenga inferencia razonable de que el dinero es producto directo o indirecto de la comisión de conductas punibles por parte de miembros de Grupos Delictivos Organizados y Grupos Armados Organizados.
Colombia Art. 83 A CPP
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¿en cuales caso puedo acudir a una jurisdicción sin abogado?
En edificio de PH donde son 11 apartamentos, cuantos copropietarios deben asistir a la Asamblea ordinaria
Es legal que un solo copropietario tenga el poder hasta de tres o cuatro copropietarios
Buenas Tardes es posible cancelar un servicio de telefonía y internet, cuando lo acordado no fue cumplido por parte de ellos? y además tengo clausula de permanencia de 1 año.
quiero saber si puedo colocar una camara de segurida en la puerta de mi apartamento que se encuentra dentro de un conjunto cerrado ??
Hola a los cuantos años prescribe el delito de receptación y desde que fecha se inicia la prescripción desde que se comete el delito o desde la fijación de una condena que fue tres años más tarde..
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