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Código Nacional de Policía y Convivencia Artículo 102 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/12/2024

Código Nacional de Policía
Artículo 102. Comportamientos que afectan el aire

Los siguientes comportamientos afectan el aire y por lo tanto no se deben efectuar:

1. Realizar quemas de cualquier clase salvo las que de acuerdo con la normatividad ambiental estén autorizadas.

2. Emitir contaminantes a la atmósfera que afecten la convivencia.

PARÁGRAFO. Quien incurra en uno o más de los comportamientos antes señalados, será objeto de la aplicación de las siguientes medidas:COMPORTAMIENTOSMEDIDA CORRECTIVA A APLICARNumeral 1Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividadNumeral 2Multa General tipo 4.

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS (SINAP).

Colombia Art. 102 Código Nacional de Policía y Convivencia
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