CST Artículo 10 Colombia
Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 10. Igualdad de los trabajadores y las trabajadoras
Todos los trabajadores y trabajadoras son iguales ante la ley, tienen la misma protección y garantías, en consecuencia, queda abolido cualquier tipo de distinción por razón del carácter intelectual o material de la labor, su forma o retribución, el género o sexo salvo las excepciones establecidas por la ley.Colombia Art. 10 Código Sustantivo del Trabajo
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Cordial saludo,
A su pregunta: "¿puedo cancelar el contrato que firmé y buscar otra empresa que pagen puntual?"
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Buenas noches lo que pasa es que empecé a hacer mis practicas de un técnico que estoy haciendo, y la empresa en la que trabajo me dijeron que pagaban mensual pero ya pasó el mes estamos a 12 de diciembre y no nos han pagado el sueldo, mi pregunta es ¿puedo cancelar el contrato que firmé y buscar otra empresa que pagen puntual?
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