Imprimir

CST Artículo 54 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 54. Prueba del contrato

La existencia y condiciones del contrato pueden acreditarse por los medios probatorios ordinarios.



EJECUCION Y EFECTO DEL CONTRATO.

Colombia Art. 54 Código Sustantivo del Trabajo
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...52 53 54 55 56 ...492

Ver el artículo
Los comentarios de los usuarios

Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?

0   0

Buenos días, lo primero que hay que determinar es la naturaleza del contrato, es decir, si es laboral, civil o comercial. Una vez definido ello, se determinan los derechos de la persona, no se puede concluir que tenga derecho a una liquidación de prestaciones sociales con la poca información brindada.


Dirección: https://www.instagram.com/consultatioiura/

Email: [email protected]

Sitio web: https://consultatioiura.wixsite.com/my-site

WhatsApp: 3169292102

Cotice el valor de sus consultas jurídicas personalizadas con nosotros, a través del correo electrónico o vía WhatsApp.

https://leyes.co/user/2890.htm

1   0

Claro que tiene derecho a que se le liquide. los rubros que se le debe liquidar son: Cesantías, Intereses sobre las Cesantías, prima de servicios y Vacaciones.

0   0

cordial saludo,

si una persona trabaja 26 días con una organización, sin estar vinculado a a las prestaciones sociales, tiene derecho a liquidación ?

Ejemplo Juanito gana 1.000.000 trabajo 26 días se le pago sus 26 días, pero tengo esa duda y como sería el pago de esa liquidación ?

0   0



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse