Se aprueba el Convenio 162 sobre Utilización del Asbesto en Condiciones de Seguridad (Convenio 162 sobre Utilización del Asbesto en Condiciones de Seguridad) Colombia
Convenio 162 sobre Utilización del Asbesto en Condiciones de Seguridad
- Artículo 1o. 1. El presente Convenio se aplica a todas las actividades en las que los...
- Artículo 2o. A los fines del presente Convenio: a) El término "asbesto" designa...
- Artículo 3o. 1. La legislación nacional deberá prescribir las medidas...
- Artículo 4o. La autoridad competente deberá consultar a las organizaciones...
- Artículo 5o. 1. La observancia de la legislación adoptada de conformidad con el...
- Artículo 6o. 1. Los empleadores serán responsables de la observancia de las...
- Artículo 7o. Dentro de los límites de su responsabilidad, deberá exigirse a...
- Artículo 8o. Los empleadores y los trabajadores o sus representantes deberán...
- Artículo 9o. La legislación nacional adoptada de conformidad con el artículo...
- Artículo 10. Cuando sea necesario para proteger la salud de los trabajadores y sea...
- Artículo 11. 1. Deberá prohibirse la utilización de la crocidolita y de...
- Artículo 12. 1. Deberá prohibirse la pulverización de todas las formas...
- Artículo 13. La legislación nacional deberá disponer que los empleadores...
- Artículo 14. Incumbirá a los productores y a los proveedores de asbesto, así...
- Artículo 15. 1. La autoridad competente deberá prescribir límites de...
- Artículo 16. Cada empleador deberá establecer y aplicar, bajo su propia...
- Artículo 17. 1. La demolición de instalaciones o estructuras que contengan...
- Artículo 18. 1. Cuando el polvo de asbesto pueda contaminar la ropa personal de los...
- Artículo 19. 1. De conformidad con la legislación y la práctica...
- Artículo 20. 1. Cuando sea necesario para proteger la salud de los trabajadores, el...
- Artículo 21. 1. Los trabajadores que estén o hayan estado expuestos al asbesto...
- Artículo 22. 1. En coordinación y colaboración con las organizaciones...
- Artículo 23. Las ratificaciones formales del presente Convenio serán comunicadas,...
- Artículo 24. 1. Este Convenio obligará únicamente a aquellos Miembros de...
- Artículo 25. 1. Todo Miembro que haya ratificado este Convenio podrá...
- Artículo 26. 1. El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo...
- Artículo 27. El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo comunicará...
- Artículo 28. Cada vez que lo estime necesario, el Consejo de Administración de la...
- Artículo 29. 1. En caso de que la conferencia adopte un nuevo Convenio que implique...
- Artículo 30. Las versiones inglesa y francesa del texto de este convenio son igualmente...
Otras regulaciones
Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2013 Se otorga la categoría de Distrito Portuario, Logístico, Industrial, Turístico y Comercial a Turbo Antioquia Convenio Cultural entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Helénica Ley General de Bomberos Se interpreta con autoridad la Ley 20 de 1969 y se dictan otras disposicionesMejores juristas





se tiene que modificar ya que la mujer incurre en este delito después de la semana 24 de gestación a menos de que su caso entre en una de las tres causal que se encuentran en la sentencia C-355 de 2006.
¿Qué sucede si, habiendo solicitado de inmediato vía telefónica al Banco la reversión del pago por fraude, este pide que se haga por la web y luego responde que se niega a hacerlo aduciendo que la investigación encuentra que no lo es?
Acerca de lo que dice este art 1324 del Cod Civil, es bueno indicar que muchas veces hay conflictos entre herederos cuando uno o unos de estos asumen por voluntad propia el cuidado material de las cosas que deja la persona difunta, es decir, sin que dicho cuidado haya sido resultado de un acuerdo expreso entre todos los herederos. Es bueno saber entonces que la diferencia entre un heredero que debe responderle a los demás y uno que no debe hacerlo, por los detrimentos que sufran los bienes de la sucesión, es la buena fe con que dicho heredero disponga de los bienes que dejó la persona fallecida. Oponerse a llamados a conciliar, tener conflictos demostrables con los demás herederos en el punto de no permitir la administración de las cosas, violencia, ocultamiento etc. pueden hacer suponer que se actúa de mala fe y en este punto, cualquier detrimento de los bienes de la herencia le puede ser reclamado a dicho heredero que dispone de los bienes en contra de los demás.
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ATENCIÓN A NIVEL NACIONAL. Escríbanos a nuestro WhatsApp. CIVIL, FAMILIA, PENAL, LABORAL, MIGRATORIO, PROP HORIZONTAL, COMERCIAL...
Buenas noches, si usted es el acreedor ejecutante no es necesario que haga el depósito para la postura, siempre y cuando su acreencia supere el 40% del avalúo, de lo contrario deberá depositar el faltante. Pero por otro lado, las reglas del remate son las mismas para los demas postores.
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Buena tarde
Yo soy acreedor, en un remate y mi duda es si yo quiero hacer postura, dicen que tengo que hacerlo por el 100% del avaluo?
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