Se aprueban el Convenio No. 167 y la Recomendación No. 175 sobre Seguridad y Salud en la Construcción, adoptados por la 75a. Reunión de la Conferencia General de la OIT, Ginebra 1988 (Convenio No. 167 y la Recomendación No. 175 sobre Seguridad y Salud en la Construcción) Colombia
Convenio No. 167 y la Recomendación No. 175 sobre Seguridad y Salud en la Construcción
- Artículo 1o. 1. El presente Convenio se aplica a todas las actividades de...
- Artículo 2o. A los efectos del presente convenio
- Artículo 3o. Deberá consultarse a las organizaciones más representativas de...
- Artículo 4o. Todo Miembro que ratifique el presente Convenio se compromete, con base en...
- Artículo 5o. 1. La legislación que se adopte de conformidad con el...
- Artículo 6o. Deberán tomarse medidas para asegurar la cooperación entre...
- Artículo 7o. La legislación nacional deberá prever que los empleadores y los...
- Artículo 8o. 1. Cuando dos o más empleadores realicen actividades...
- Artículo 9o. Las personas responsables de la concepción y planificación de...
- Artículo 10. La legislación nacional deberá prever que en cualquier lugar de...
- Artículo 11. La legislación nacional deberá estipular que los trabajadores...
- Artículo 12. 1. La legislación nacional deberá establecer que todo...
- Artículo 13. Seguridad en los lugares de trabajo
- Artículo 14. Andamiajes y escaleras de mano
- Artículo 15. Aparatos elevadores y accesorios de izado
- Artículo 16. Vehiculos de transportes y maquinaria de movimiento de tierras y de manipulación de materiales
- Artículo 17. Instalaciones, maquinas, equipos y herramientas manuales
- Artículo 18. Trabajos en alturas, incluidos los tejados
- Artículo 19. Excavaciones, pozos, terraplenes, obras subterraneas y túneles
- Artículo 20. Ataguías y cajones de aire comprimido
- Artículo 21. Trabajos en aire comprimido
- Artículo 22. Armaduras y encofrados
- Artículo 23. Trabajadores por encima de una superficie de agua
- Artículo 24. Trabajos de demolición
- Artículo 25. Alumbrado
- Artículo 26. Electricidad
- Artículo 27. Explosivos
- Artículo 28. Riesgos para la salud
- Artículo 29. Precauciones contra incendios
- Artículo 30. Ropas y equipos de protección personal
- Artículo 31. Primeros auxilios
- Artículo 32. Bienestar
- Artículo 33. Información y formación
- Artículo 34. Declaración de accidentes y enfermedades
- Artículo 35. Cada miembro deberá: a) Adoptar las medidas necesarias, incluido...
- Artículo 36. El presente Convenio revisa el Convenio sobre las prescripciones de seguridad...
- Artículo 37. Las ratificaciones formales del presente Convenio serán comunicadas...
- Artículo 38. 1. Este Convenio obligará únicamente a aquellos miembros de...
- Artículo 39. 1. Todo Miembro que haya ratificado este Convenio podrá...
- Artículo 40. 1. El director general de la oficina Internacional del Trabajo...
- Artículo 41. El Director General de la oficina Internacional del Trabajo comunicará...
- Artículo 42. Cada vez que lo estime necesario el Consejo de Administración de la...
- Artículo 43. 1. En caso de que la Conferencia adopte un nuevo convenio que implique...
- Artículo 44. Las versiones inglesa y francesa del texto de este Convenio son igualmente...
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buenas tardes, en una suspension de contrato se debe pagar el dominical?
Este artículo 718 del Cód de Comercio indica que el cheque debe cobrarse dentro de los 15 días después de su fecha, no obstante esto no implica que la prescripción del cheque sea de 1 días. Al respecto, debemos guiarnos por lo que indica el art 721, en el que se dice que el banco debe pagar el cheque incluso luego de 6 meses, por tanto para determinar el fenómeno de la prescripción de un cheque, tomamos como base este plazo.
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Es preciso indicar que el titular de la acción penal en este delito es la persona juridica prestadora del servicio publico, y no el tercero (ejem propiedades horizontales, copropietarios ) afectado este ultimo podría alegar una Estafa.
Mediante la Sentencia C-028 del 2024, la Corte Constitucional eliminó de este artículo la expresión:
“Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria”,
esto ya que dicha orden, significaba un riesgo para la intimidad que desean tener las familias con hijos adoptados, pues al tener que cumplir ese requisito, se corría el riesgo de que los niños llegaran a enterarse que sus padres no son biológicos, sino adoptivos, lo cual es una realidad que los padres tienen todo el derecho a decidir cuándo se la informan a sus hijos.
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este articulo se refiere a los honorarios de los abogados ?
en donde busco quien paga los honorarios de los abogados en caso de ganar?
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