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Convenio Constitutivo de la Asociación de los Estados del Caribe Artículo 3o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Convenio Constitutivo de la Asociación de los Estados del Caribe
Artículo 3o. Naturaleza, propósitos y funciones



1. La Asociación es un organismo de consulta, concertación y cooperación cuyo propósito es identificar y promover la instrumentación de políticas y programas orientados a:

a) Fortalecer, utilizar y desarrollar las capacidades colectivas del Caribe para lograr un desarrollo sostenido en lo cultural, económico, social, científico y tecnológico;

b) Desarrollar el potencial del Mar Caribe por medio de la interacción entre los Estados Miembros y con terceros;

c) Promover un espacio económico ampliado para el comercio y la inversión que ofrezca oportunidades de cooperación y concertación y, permita incrementar los beneficios que brindan a los pueblos del Caribe los recursos y activos de la región, incluido el Mar Caribe;

d) Establecer, consolidar y ampliar, según el caso, las estructuras institucionales y los acuerdos de cooperación que respondan a la diversidad de las identidades culturales, de los requerimientos de desarrollo y de los sistemas normativos de la región.

2. Con el fin de alcanzar los propósitos enunciados en el numeral 1 del presente artículo, la Asociación promoverá en forma gradual y progresiva, entre sus miembros las siguientes actividades:

a) La integración económica, incluidas la liberalización comercial, de inversiones, del transporte y de otras áreas relacionadas;

b) La discusión de asuntos de interés común con el propósito de facilitar la participación activa y coordinada de la región en los foros multilaterales;

c) La formulación e instrumentación de políticas y programas para la cooperación en las áreas mencionadas en el numeral 1 (a) de este artículo;

d) La preservación del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales de la región, en particular del Mar Caribe;

e) El fortalecimiento de las relaciones amistosas entre los pueblos y Gobiernos del Caribe;

f) La consulta, cooperación y concertación en las demás áreas que se acuerden.

Colombia Art. 3o Se aprueba el Convenio Constitutivo de la Asociación de los Estados del Caribe, suscrito en Cartagena de Indias el 24 de julio de 1994
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