Se aprueba el Convenio para la Protección de los Productores de Fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus Fonogramas, hecho en Ginebra el 29 de octubre de 1971 (Convenio para la Protección de los Productores de Fonogramas contra la reproducción no autorizada de) Colombia
Convenio para la Protección de los Productores de Fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus Fonogramas
- Artículo 1o. Para los fines del presente Convenio, se entenderá por: a)...
- Artículo 2o. Todo Estado contratante se compromete a proteger a los productores de...
- Artículo 3o. Los medios para la aplicación del presente Convenio serán de la...
- Artículo 4o. La duración de la protección será determinada por la...
- Artículo 5o. Cuando, en virtud de su legislación nacional, un Estado contratante...
- Artículo 6o. Todo Estado contratante que otorgue la protección mediante el derecho...
- Artículo 7o. 1. No se podrá interpretar en ningún caso el presente...
- Artículo 8o. 1. La Oficina Internacional de la Organización Mundial de la...
- Artículo 9o. 1. El presente Convenio será depositado en poder del Secretario...
- Artículo 10. No se admitirá reserva alguna al presente Convenio.
- Artículo 11. 1. El presente Convenio entrará en vigor tres meses después...
- Artículo 12. 1. Todo Estado contratante tendrá la facultad de denunciar el...
- Artículo 13. 1. Se firma el presente Convenio en un solo ejemplar, en español,...
Otras regulaciones
Se fomenta el territorio nacional como escenario para el rodaje de obras cinematográficas El Sistema Nacional de Identificación e Información de Ganado Bovino La Nación se asocia a la celebración de los noventa años del poblado de Rozo Se crea la corporación para la convivencia ciudadana en la región de Urabá Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Costa de MarfilMejores juristas
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Abogado Jesús Crúz Olivella
¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?
Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
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Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
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