Se aprueba el Convenio sobre arreglo de diferencias relativas a inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados, hecho en Washington el 18 de marzo de 1965 (Convenio sobre arreglo de diferencias relativas a inversiones entre Estados y Nacionales de otros Es) Colombia
Convenio sobre arreglo de diferencias relativas a inversiones
- Artículo 1o. 1. Por el presente Convenio se crea el Centro Internacional de Arreglo de...
- Artículo 2o. La sede del Centro será la oficina principal del Banco Internacional...
- Artículo 3o. El Centro estará compuesto por un Consejo Administrativo y un...
- Artículo 4o. 1. El Consejo Administrativo estará compuesto por un representante...
- Artículo 5o. El Presidente del banco será ex officio Presidente del Consejo...
- Artículo 6o. 1. Sin perjuicio de las demás facultades y funciones que le...
- Artículo 7o. 1. El Consejo Administrativo celebrará una reunión anual, y...
- Artículo 8o. Los miembros del Consejo Administrativo y el Presidente desempeñan sus...
- Artículo 9o. El Secretariado estará constituido por un Secretario General, por uno...
- Artículo 10. 1. El Secretario General y los Secretarios Generales Adjuntos...
- Artículo 11. El Secretario General será el representante legal y el funcionario...
- Artículo 12. La Lista de Conciliadores y la Lista de Arbitros estarán integradas...
- Artículo 13. 1. Cada Estado Contratante podrá designar cuatro personas para...
- Artículo 14. 1. Las personas designadas para figurar en las listas deberán...
- Artículo 15. 1. La designación de los integrantes de las listas se hará...
- Artículo 16. 1. Una misma persona podrá figurar en ambas listas. 2 . Cuando...
- Artículo 17. Si los gastos del Centro no pudieren ser cubiertos con los derechos...
- Artículo 18. El Centro tendrá plena personalidad jurídica, internacional. La...
- Artículo 19. Para que el Centro pueda dar cumplimiento a sus fines, gozará, en los...
- Artículo 20. El Centro, sus bienes y derechos, gozarán de inmunidad frente a toda...
- Artículo 21. El presidente, los miembros del Consejo Administrativo, las personas que...
- Artículo 22. Las disposiciones del artículo 21 se aplicarán a las personas...
- Artículo 23. 1. Los archivos del Centro, donde quiera que se encuentren, serán...
- Artículo 24. 1. El Centro, su patrimonio, sus bienes y sus ingresos y las operaciones...
- Artículo 27. LA CONCILIACIÓN SOLICITUD DE CONCILIACIÓN
- Artículo 28. 1. Cualquier Estado Contratante o Nacional de un Estado Contratante que...
- Artículo 29. 1. Una vez registrada la solicitud de acuerdo con el artículo 28, se...
- Artículo 30. Si la Comisión no llegare a constituirse dentro de los 90 días...
- Artículo 31. 1. Los conciliadores nombrados podrán no pertenecer a la lista de...
- Artículo 32. 1. La Comisión resolverá sobre su propia competencia....
- Artículo 33. Todo procedimiento de conciliación deberá tramitarse...
- Artículo 34. 1. La Comisión deberá dilucidar los puntos controvertidos...
- Artículo 35. Salvo que las partes acuerden otra cosa, ninguna de ellas podrá...
- Artículo 40. FACULTADES Y FUNCIONES DEL TRIBUNAL
- Artículo 47. EL LAUDO
- Artículo 49. ACLARACION, REVISION Y ANULACIÓN DEL LAUDO
- Artículo 52. RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN DEL LAUDO
- Artículo 55. SUSTITUCIÓN Y RECUSACIÓN DE CONCILIADORES Y...
- Artículo 56. 1. Tan pronto quede constituida una Comisión o un Tribunal y se...
- Artículo 57. Cualquiera de las partes podrá proponer a la Comisión o...
- Artículo 58. La decisión sobre la recusación de un conciliador o...
- Artículo 59. Los derechos exigibles a las partes por la utilización del Centro...
- Artículo 60. 1. Cada Comisión o Tribunal determinará, previa consulta al...
- Artículo 61. 1. En el caso de procedimiento de conciliación las partes...
- Artículo 62. Los procedimientos de conciliación y arbitraje se tramitarán,...
- Artículo 63. Si las partes se pusieren de acuerdo, los procedimientos de...
- Artículo 64. Toda diferencia que surja entre Estados Contratantes sobre la...
- Artículo 65. Todo Estado Contratante podrá proponer enmiendas a este Convenio. El...
- Artículo 66. 1. Si el Consejo Administrativo lo aprueba por mayoría de dos...
- Artículo 67. Este Convenio quedará abierto a la firma de los Estados miembros del...
- Artículo 68. 1. Este Convenio será ratificado, aceptado o aprobado por los...
- Artículo 69. Los Estados Contratantes tomarán las medidas legislativas y de otro...
- Artículo 70. Este Convenio se aplicará a todos los territorios de cuyas relaciones...
- Artículo 71. Todo Estado Contratante podrá denunciar este Convenio mediante...
- Artículo 72. Las notificaciones de un Estado Contratante hechas al amparo de los...
- Artículo 73. Los instrumentos de ratificación, aceptación o...
- Artículo 74. El depositario registrará este Convenio en el Secretariado de las...
- Artículo 75. El depositario notificará a todos los Estados signatarios lo...
Mejores juristas





El proceso de rendición de cuentas tiene como objetivo inmediato la presentación de los ingresos y egresos relacionados con la administración del bien común, y como objetivo mediato, establecer quién debe a quién y cuánto. En el contexto de un proceso divisorio, la rendición de cuentas se tramita como parte del mismo, siempre que se relacione con la administración del bien común. Esto evita duplicidad de procesos y permite una resolución más eficiente de las controversias entre los comuneros.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
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Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Aunque los procesos divisorios y los de rendición de cuentas tienen objetivos distintos, en los casos donde la rendición de cuentas está directamente relacionada con la administración que se realizó del bien común, es procedente tramitarla dentro del proceso divisorio.
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Recordemos que el fraude procesal regulado en el Artículo 453 del Código Penal, es considerado un delito de simple conducta. Es decir que no es necesario que lo que se pretendía mediante el engaño se materialice. En otras palabras, no es necesario que el funcionario emita una decisión contraria a la ley para que se cometa el delito, sino que basta con que se utilicen los medios fraudulentos con la intención de llegar a hacerlo inducir en error.
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Buenos días, tengo una pregunta. Mi mama contrato con Sonria en un contrato de prestación de servicios para que le hicieran unas coronas entre otros servicios. Por lo que ella pago fueron 10 millones de contado. pero con el tema de las citas es muy tedioso en el sentido que para ser un servicio privado no hay citas hasta dentro de un mes. y desde enero 2 de 2025 tuvo su ultima cita y se suponía que hoy ella tenia su cita para que arreglaran un trabajo mal hecho porque se le estaba cayendo un diente. ayer la llaman y le dicen que la doc tuvo una calamidad domestica y que hasta el 27 de febrero la atienden. que podría hacer mi mama para exijir una cita ahora ya que si la necesita y ellos no dan solución mas que ´poner una queja la cual ya se puso. y no es la primera vez que pasa esta sitacion, en otras ocasiones ellos dan la cita para 2 personas al tiempo y no se hacen responsables después.
Quisiera saber sí existe alguna normativa que indique si las construcciones en propiedad horizontal deban disponer actualmente mínimo de un parqueadero para VEHICULO ELECTRICO, sea moto o carro.
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