El Congreso de la República de Colombia declara el 2008 como el año de la promoción de los derechos de las personas desplazadas por la violencia y se dictan otras disposiciones (El Congreso de la República de Colombia declara el 2008 como el año de la promoción de los derechos ) Colombia
El Congreso de la República de Colombia declara el 2008 como el año de la promoción de los derechos de las personas desplazadas por la violencia
- Artículo 1o. El Congreso de la República declara el 2008 como el año de la...
- Artículo 2o. A partir de la vigencia de la presente ley el Consejo Nacional para la...
- Artículo 3o. Para garantizar la disminución y la superación de los graves...
- Artículo 4o. El Gobernador de cada departamento y los alcaldes en desarrollo del Plan...
- Artículo 5o. Las entidades e instituciones que integran el Sistema Nacional de...
- Artículo 6o. En los proyectos presentados al Gobierno Nacional por las familias,...
- Artículo 7o. Se autoriza a los alcaldes de los municipios receptores de personas en...
- Artículo 8o. El no acatamiento de lo dispuesto en la presente ley acarreará para...
- Artículo 9o. El cumplimiento de los mandatos contenidos en esta ley se hará sin...
- Artículo 10. La presente ley rige a partir de su promulgación. La Presidenta del...
Otras regulaciones
Convenio sobre Blanqueo, Detección, Embargo y Confiscación de los Productos de un Delito Se autoriza la prestación del servicio de auxiliar jurídico ad honórem en los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva Se establecen medidas en contra de la pesca ilegal y el delito de ilícita actividad de pesca en el territorio marítimo colombiano El Consejo Nacional de Bioética Se fijan términos para el pago oportuno de cesantías para los servidores públicosMejores juristas





Buenas noches yo compre un terreno y es pro indiviso que romos hacer proceso divisorio somos 58 personas, quiero saber si al momento de notificar el juez este le pregunta a planeación sobre dicho predio o el es autónomo en tomar sus propias decisiones?
Muchas gracias
en un proceso ejecutivo singular por un pagare se decreto desestimieto tacito hace mas de dos años mi pregunta es si la parte demandante a la fecha puede volver a interponer la demanda
Cuando se corrige el auto admisorio y éste ya se había notificado al demandado, el término de traslado a éste es
como lo indica el numeral 4 del artículo 93 del código general del proceso
buen día
bajo que normatividad se transfieren los recursos que hace referencia el numeral 4 del artículo 38-1 de la Ley 397 de 1997, o mas bien a que entidad se deben transferir y donde esta estipulado?
Buenas noches mi esposa laboro con un señor en servicio doméstico, el señor falleció a causa de la pandemia que vivimos actualmente, simplemente le dieron el sueldo que le adeudaba y no le dieron ninguna liquidación sobre su trabajo, la esposa del señor se hizo a cargo de los almacenes que el señor era dueño y le informo a mi esposa, que no le iba a pagar nada, por qué ella no la contrato, mi pregunta es ¿Mi esposa puede le puede solicitar la liquidación a la viuda?
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