El Congreso de la República rinde honores al movimiento sufragista en Colombia Artículo 2 Colombia
El Congreso de la República rinde honores al movimiento sufragista en Colombia
Artículo 2. Día Institucional
Se institucionaliza el día 25 de agosto de cada año, como la fecha en la que las instituciones educativas de educación básica y media de carácter público y el Congreso de la Republica bajo la organización de la Comisión Legal de la Mujer rendirán honores y conmemoraran la contribución realizada por el movimiento sufragista en Colombia, así mismo, promueva la participación política de las mujeres mediante diversas actividades culturales y académicas que cuenten específicamente con la presencia de niñas y adolescentes en el Capitolio Nacional, así como en diversos espacios institucionales relacionados con el objeto de la presente ley.
Parágrafo. Para dicha sesión de honores y conmemoración al movimiento sufragista organizada por la Comisión Legal de la Mujer en el Congreso de la Republica, se citará al Ministerio del Interior, o quien haga sus veces, para que rinda informe sobre los avances de los proyectos, programas y/o políticas públicas adoptadas para promover la participación política de las mujeres en Colombia en todas las instancias gubernamentales del país.
Colombia Art. 2 El Congreso de la República rinde honores al movimiento sufragista en Colombia Ley 2412 de 2024
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Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
Hola, según la información sui un empleado labora 2 domingos y 1 festivo no tiene derecho a los 3 días compensatorios?
0 2 DOMINGOS Y 2 FESTIVOS QUE ESTAN DENTRO DEL MISMO MES
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Se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones Artículo 238. De la financiación de los hospitales públicos que reciben aportes de la nación y/o de... Se establecen estímulos tributarios y otros, con el fin de adoptar medidas especiales Artículo 6o. Créase el centro de investigación en violencia y delincuencia juvenil Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial Artículo 1o. Finalidades de la convención Se adoptan medidas para impulsar el trabajo para adultos mayores Artículo 7. Sello amigable "Adulto Mayor" Se adoptan medidas para impulsar el trabajo para adultos mayores Artículo 4. Reglamentación y verificaciónRecomendados
Se dictan disposiciones sobre Zonas de Frontera Artículo 12. Codigo de Regimen Municipal Artículo 237. Se determina el marco conceptual que regula la economía solidaria Artículo 58. Normas aplicables a las entidades de la economia solidaria Se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura Artículo 30. Seguridad social del creador y del gestor cultural Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020 Artículo 105.Publique la información de sí mismo
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