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El Régimen de Insolvencia Empresarial Artículo 112 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 29/07/2026

El Régimen de Insolvencia Empresarial
Artículo 112. Formas de cooperación

La cooperación de que tratan los artículos anteriores podrá ser puesta en práctica por cualquier medio apropiado y, en particular, mediante:

1. El nombramiento de una persona para que actúe bajo dirección de la autoridad colombiana competente.

2. La comunicación de información por cualquier medio que la autoridad colombiana competente considere oportuno.

3. La coordinación de la administración y la supervisión de los bienes y negocios del deudor.

4. La aprobación o la aplicación por los tribunales de los acuerdos relativos a la coordinación de los procedimientos.

5. La coordinación de los procesos seguidos simultáneamente respecto de un mismo deudor.

PROCESOS PARALELOS.



Colombia Art. 112 El Régimen de Insolvencia Empresarial en la República de Colombia y se dictan otras disposiciones Ley 1116 de 2006
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Normalmente para pedir que un juzgado penal escuche un testimonio antes de que llegue el día del juicio, las/os abogados o fiscales tienen que demostrar que es una urgencia extrema y que la prueba se va a perder. Sin embargo, si el caso es por violencia intrafamiliar, la Ley 1959 de 2019 indica que se pueden recoger los testimonios tempranamente sin necesidad de probar urgencias extremas, protegiendo así a las víctimas y a la familia desde el principio. 

Adicionalmente, en general, si se tomó una prueba anticipada, casi siempre el juzgado obliga a que la persona vuelva a declarar el día del juicio. Pero para proteger a quienes sufren violencia intrafamiliar, la ley 1959 indica que no se obligará a repetir el testimonio si eso significa hacer sufrir a la víctima de nuevo (revictimizarla), si hay riesgo de que se la manipule para que cambie su declaración o si depende económicamente de la persona agresora.



En el proceso abreviado en general, la ley permite que la víctima contrate a su propio abogado para que haga el trabajo de la Fiscalía (investigar y acusar), lo cual se llama "conversión a acción privada". Al respecto, la Ley 1959 de 2019, indica que en los casos de violencia intrafamiliar esto está totalmente prohibido. El Estado (la Fiscalía) es la única que puede investigar y no puede delegarle esa potestad a la víctima.



Sobre el delito de violencia intrafamiliar, la ley 1959 de 2019, crea un proceso de investigación rápido para darle mayor celeridad a los casos de maltrato en el hogar y también ordena que se debe juzgar obligatoriamente a la persona por esta vía rápida y no por el proceso ordinario largo, ya que si la persona es inocente, un juicio largo podría afectar el hogar de manera injustificada.



La legalidad de la cuarta prórroga de un contrato a término fijo inferior a un año depende de cómo se realice dicha prórroga. Si es una prórroga automática, la Ley 2466 de 2025 establece que la cuarta debe ser obligatoriamente de mínimo un año, por lo que una prórroga unilateral de solo dos meses sería incorrecta. En cambio, si es una prórroga pactada por escrito y de mutuo acuerdo, las partes pueden acordarla por dos meses; sin embargo, después de esta cuarta prórroga de dos meses, cualquier otra renovación deberá ser por mínimo un año.

Además, dicha ley establece que los contratos a término fijo no pueden superar cuatro años en total; cumplido ese límite, el vínculo se convierte en indefinido. Por ello, lo primero es verificar si el documento recibido es simplemente una notificación de la empresa o un acuerdo que requiere la firma de la personaempleada: en el primer caso podría exigir la prórroga de un año; en el segundo, puede aceptar o negociar los dos meses.



si el apelante no sustenta el recurso de apelación dentro de la audiencia y tampoco lo hace dentro de los dos días ante el superior jerárquico, como se resuelve la apelación?, se resuelve solo con lo que hay en el expediente o se declara desierta la apelación por que no hubo sustento????


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