Se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones (Ley General de Archivos) Colombia
Ley General de Archivos
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Ambito de aplicación
- Artículo 3o. Definiciones
- Artículo 4o. Principios generales
- Artículo 5o. El sistema nacional de archivos
- Artículo 6o. De los planes y programas
- Artículo 7o. Archivos desde el punto de vista de su jurisdicción y competencia
- Artículo 8o. Archivos territoriales
- Artículo 9o. Los archivos según la organización del estado
- Artículo 10. Obligatoriedad de la creación de archivos
- Artículo 11. Obligatoriedad de la conformación de los archivos públicos
- Artículo 12. Responsabilidad
- Artículo 13. Instalaciones para los archivos
- Artículo 14. Propiedad, manejo y aprovechamiento de los archivos públicos
- Artículo 15. Responsabilidad especial y obligaciones de los servidores públicos
- Artículo 16. Obligaciones de los funcionarios a cuyo cargo estén los archivos de las entidades públicas
- Artículo 17. Responsabilidad general de los funcionarios de archivo
- Artículo 18. Capacitación para los funcionarios de archivo
- Artículo 19. Soporte documental
- Artículo 20. Supresión, fusión o privatización de entidades públicas
- Artículo 21. Programas de gestión documental
- Artículo 22. Procesos archivísticos
- Artículo 23. Formación de archivos
- Artículo 24. Obligatoriedad de las tablas de retención
- Artículo 25. De los documentos contables, notariales y otros
- Artículo 26. Inventario documental
- Artículo 27. Acceso y consulta de los documentos
- Artículo 28. Modificación de la ley 57 de 1985
- Artículo 29. Restricciones por razones de conservación
- Artículo 30. Documentos administrativos
- Artículo 31. Documentos históricos
- Artículo 32. Visitas de inspección
- Artículo 33. Organo competente
- Artículo 34. Normalización
- Artículo 35. Prevención y sanción
- Artículo 36. Archivo privado
- Artículo 37. Asistencia a los archivos privados
- Artículo 38. Registro de archivos
- Artículo 39. Declaración de interés cultural de documentos privados
- Artículo 40. Régimen de estímulos
- Artículo 41. Prohibiciones
- Artículo 42. Obligatoriedad de la cláusula contractual
- Artículo 43. Protocolos notariales
- Artículo 44. Donaciones
- Artículo 45. Adquisición y/o expropiación
- Artículo 46. Conservación de documentos
- Artículo 47. Calidad de los soportes
- Artículo 48. Conservación de documentos en nuevos soportes
- Artículo 49. Reproducción de documentos
- Artículo 50. Estímulos
- Artículo 51. Apoyo de los organismos de control
- Artículo 52. Vigencias y derogatorias
Otras regulaciones
Se determina el régimen aplicable a las contravenciones especiales Acuerdo de Cooperación Judicial y Asistencia Mutua en materia penal entre la República de Colombia y la República Federativa del Brasil El régimen de propiedad horizontal Se declara de interés general la estrategia para la inmunización de la población colombiana contra la Covid-19 Se ratifican las membresías del Consejo de Estado en la Asociación Iberoamericana de Tribunales de Justicia Fiscal y AdministrativaMejores juristas





que paso si los padres no cumplen esta ley
Buenos días, me impusieron un comparendo el 20 de diciembre de 2019, hice derecho de petición el 26 de diciembre del mismo año, la resolución y fallo se dictaron el 22 de febrero del 2021. Mi pregunta es, aplica la CADUCIDAD ya que dicho comparendo no fue resuelto durante el año que dicta el artículo 161 de la ley 769 del 2002.
explicacion del articulo 34
Llevo 5 años laborando para una empresa con contrato a termino indefinido, pero únicamente he recibido dotación 2 veces en todo este tiempo. Al principio ignoraba esta situación como empleado. ¿Es posible hacer algo al respecto en este momento?
me llego un fotomulta donde la infracción se cometió el día 8/08/2020 y me la informaron el día 10/02/2021 y la orden de comparendo fue emitida el 09/12/2020 y basándome en el decreto 2150 articulo 8 de la ley 1843 del código nacional de transito la cual dice que los organismos de control tienen 10 días avilés para la validación del comparendo y fue emitida 130 días después solicite la prescripción y la respuesta del inspector de transito de villa del rosario Sr: Abelardo Duenez Blanco fue que el tiene hasta 3 años para validar el comparendo que puedo hacer al respecto
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