Normas concernientes a la elección de ciudadanos secuestrados (Normas concernientes a la elección de ciudadanos secuestrados) Colombia
Normas concernientes a la elección de ciudadanos secuestrados
- Artículo 1o. Para los cargos de elección popular, no se requiere aceptación...
- Artículo 2o. El representante legal del partido o movimiento político que realiza...
- Artículo 3o. En caso de secuestro no es necesario la toma de posesión para adquirir...
- Artículo 4o. La presente ley rige a partir de su promulgación y modifica en lo...
Otras regulaciones
Se establecen criterios de priorización en materia de prestación de servicios públicos domiciliarios en los planes y programas de inversión social de los contratos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables La Nación se asocia al sesquicentenario de la Fundación del Municipio de San Calixto Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad Acuerdo de Comercio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Malasia Se reviste al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias 2013Mejores juristas





Tengo derecho con el artículo 147 de la ley 100 soy desmovilizado
Hola buenas tarde. Soy desmovilizados, pero no he cotizado, tengo derecho a pensión con este artículo 47 de la ley 100, gracias.
Buenos dias, en este caso si es una madre cabeza de familia que nunca ha tenido anotaciones se le puede dar el beneficio de la prision domiciliaria y permiso de trabajo
¿Que pasa si el término se cumple y no se da respuesta?
Sobre los bienes que se comparten con otros dueños (bienes proindiviso), la ley no indica cómo se deba organizar la administración de dichos bienes. La puede asumir por ejemplo uno sólo por aceptación tácita o expresa de los demás o se pueden organizar todos o una parte etc para esto. Lo que sí hace la ley es indicar cómo se dividen deudas, ganancias y gastos que surjan de la propiedad que se tiene en común: Todo gasto o ganancia se reparte o asume por cada propietario según el porcentaje que tiene la propiedad. Y si alguno de los dueños tuvo que pagar algo que le correspondía a todos, puede pedirles que le devuelvan el dinero que pagó en favor o para el sostenimiento o cuidado del bien que tienen en común.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
Atendemos a nivel nacional. Consulte por WhatsApp. Civil, familia, penal, comercial, laboral, propiedad horizontal, administrativo.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios