Normas para el fomento de la actividad cinematográfica en Colombia Artículo 16 Colombia
Normas para el fomento de la actividad cinematográfica en Colombia
Artículo 16. Beneficios tributarios a la donación o inversión en producción cinematográfica
Los contribuyentes del impuesto a la renta que realicen inversiones o hagan donaciones a proyectos cinematográficos de producción o coproducción colombianas de largometraje o cortometraje aprobados por el Ministerio de Cultura a través de la Dirección de Cinematografía, tendrán derecho a deducir de su renta por el periodo gravable en que se realice la inversión o donación e independientemente de su actividad productora de renta, el ciento sesenta y cinco por ciento (165%) del valor real invertido o donado.Para tener acceso a la deducción prevista en este artículo deberán expedirse por el Ministerio de Cultura a través de la Dirección de Cinematografía certificaciones de la inversión o donación denominados, según el caso, Certificados de Inversión Cinematográfica o Certificados de Donación Cinematográfica.
Las inversiones o donaciones aceptables para efectos de lo previsto en este artículo deberán realizarse exclusivamente en dinero.
El Gobierno Nacional reglamentará las condiciones, términos y requisitos para gozar de este beneficio, el cual en ningún caso será otorgado a cine publicitario o telenovelas, así como las características de los certificados de inversión o donación cinematográfica que expida el Ministerio de Cultura a través de la Dirección de Cinematografía.
Colombia Art. 16 Normas para el fomento de la actividad cinematográfica Ley 814 de 2003
Mejores juristas
·S E NS O R· estudio jurídico de Colombia
WORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
JORGE IVAN POSADA
si es una zona comun como una terraza de uso exclusivo y es imposible entrar la orden de policia es que arreglen la iltraciones la terraza como e hace a obligar alos pertuebadores
La cláusula de reserva de dominio permite que en una venta a plazos, el vendedor conserve la propiedad del vehículo hasta que el comprador pague la totalidad del precio. Si incumple, el vendedor puede exigir la restitución del vehículo y reclamar compensaciones por su uso y los perjuicios causados, pues lo recibiría usado. Mientras se tiene esta garantía, el comprador no puede vender, gravar, permutar ni disponer del vehículo sin autorización del vendedor, ni cambiar su ubicación o darle un uso distinto al acordado. También debe informar cambios de domicilio y cualquier medida judicial que afecte el vehículo y/o que se pacte. Esta garantía debe anotarse en el organismo de tránsito en el certificado de propiedad del vehículo. Al momento de la venta, se registra esta garantía y se pide su levantamiento cuando se pague la deuda.
Email: [email protected]
Sitio web: sensorlegal.com
WhatsApp: 573166406899
· Abogada/os Universidad Nacional de Colombia
· CONSULTAS WhatsApp 3166406899
· ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL
· CALCULADORA DE GASTOS NOTARIALES COLOMBIA 2026
Cuántos días se pueden demorar en pagar una liquidación
Una pregunta si el empleado te paga la mitad del la liquidación y se tarda del la fecha acordada de pagar el resto aún se puede demandar ??
El arrendatario puede defenderse ante la aseguradora con los mismos argumentos que tiene frente al arrendador. Si se hizo el preaviso de manera correcta no procedería la penalidad. Con las pruebas que se tienen, las comunicaciones etc, se organiza la oposición a la intención de subrogación de la aseguradora.
Email: [email protected]
Sitio web: sensorlegal.com
WhatsApp: 573166406899
· Abogada/os Universidad Nacional de Colombia
· CONSULTAS WhatsApp 3166406899
· ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL
· CALCULADORA DE GASTOS NOTARIALES COLOMBIA 2026
Leer de nuevo
Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Artículo 49. Aplicación de este capítulo Estatuto de los mecanismos alternativos de solución de conflictos Artículo 77. Obligatoriedad y oportunidad de la conciliacion Normas para favorecer a las mujeres rurales Artículo 17. CONDICIONES PARA EL ACCESO DE LAS MUJERES RURALES, CAMPESINAS Y DE LA PESCA A LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN REALIZADOS POR EL SENA Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Artículo 35. Trámite de la actuación y audiencias Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Artículo 96. EfectosRecomendados
Código Penal Artículo 468. Sedicion Normas para el fomento de la actividad cinematográfica en Colombia Artículo 14. Estímulos a la exhibición de cortometrajes colombianos Normas para el fomento de la actividad cinematográfica en Colombia Artículo 13. Carácter de la cuota para el desarrollo cinematográfico Se declara patrimonio folclórico, cultural e inmaterial de la Nación el encuentro Nacional de Bandas en el municipio de Sincelejo Artículo 4. Convención Internacional Contra la Toma de Rehenes Artículo 3.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios