Se adoptan normas sobre Construcciones Sismo Resistentes (Se adoptan normas sobre Construcciones Sismo Resistentes) Colombia
Se adoptan normas sobre Construcciones Sismo Resistentes
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Alcance
- Artículo 3o. Excepciones
- Artículo 4o. Definiciones
- Artículo 5o. Responsabilidad de los diseños
- Artículo 6o. Responsabilidad de los diseñadores
- Artículo 7o. Sujecion de la construccion a los planos
- Artículo 8o. Uso de materiales y metodos alternos
- Artículo 9o. Materiales alternos
- Artículo 10. Metodos alternos de analisis y diseño
- Artículo 11. Metodos alternos de construccion
- Artículo 12. Sistemas prefabricados
- Artículo 13. Otros sistemas, metodologias o materiales
- Artículo 14. Conceptos de la "comision asesora permanente para el regimen de construcciones sismo resistentes"
- Artículo 15. Obligatoriedad
- Artículo 16. Alcance y procedimiento de la revision
- Artículo 17. Idoneidad del revisor de los diseños
- Artículo 18. Obligatoriedad
- Artículo 19. Edificaciones que no requieren supervision tecnica
- Artículo 20. Edificaciones de atencion a la comunidad
- Artículo 21. Alcance de la supervision tecnica
- Artículo 22. Calidades de supervisor tecnico
- Artículo 23. Calidades
- Artículo 24. Acreditacion de la experiencia e idoneidad
- Artículo 25. Alcance y ejecucion de las labores profesionales
- Artículo 26. Diseñadores
- Artículo 27. Experiencia de los diseñadores estructurales
- Artículo 28. Experiencia de los ingenieros geotecnistas
- Artículo 29. Experiencia de los diseñadores de elementos no estructurales
- Artículo 30. Revisores de diseños
- Artículo 31. Experiencia
- Artículo 32. Independencia
- Artículo 33. Directores de construccion
- Artículo 34. Experiencia
- Artículo 35. Supervisores tecnicos
- Artículo 36. Experiencia
- Artículo 37. Independencia
- Artículo 38. Personal auxiliar profesional y no profesional
- Artículo 39. Comision asesora permanente
- Artículo 40. Integracion de la comision
- Artículo 41. Funciones
- Artículo 42. Atribuciones especiales
- Artículo 43. Convenios
- Artículo 44. Personal auxiliar de la comision
- Artículo 45. Decretos reglamentarios
- Artículo 46. Alcance y temario tecnico y cientifico
- Artículo 47. Tematica
- Artículo 48. Alcance y contenido minimo
- Artículo 49. Actualizaciones de los aspectos tecnicos y cientificos de la ley
- Artículo 50. Profesionales y funcionarios
- Artículo 51. Constructores y propietarios
- Artículo 52. Alcaldias
- Artículo 53. Construcciones preexistentes a la vigencia de la ley
- Artículo 54. Actualizacion de las edificaciones indispensables
- Artículo 55. Derogatorias
- Artículo 56. Vigencia
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buenas tardes, en una suspension de contrato se debe pagar el dominical?
Este artículo 718 del Cód de Comercio indica que el cheque debe cobrarse dentro de los 15 días después de su fecha, no obstante esto no implica que la prescripción del cheque sea de 1 días. Al respecto, debemos guiarnos por lo que indica el art 721, en el que se dice que el banco debe pagar el cheque incluso luego de 6 meses, por tanto para determinar el fenómeno de la prescripción de un cheque, tomamos como base este plazo.
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Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Es preciso indicar que el titular de la acción penal en este delito es la persona juridica prestadora del servicio publico, y no el tercero (ejem propiedades horizontales, copropietarios ) afectado este ultimo podría alegar una Estafa.
Mediante la Sentencia C-028 del 2024, la Corte Constitucional eliminó de este artículo la expresión:
“Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria”,
esto ya que dicha orden, significaba un riesgo para la intimidad que desean tener las familias con hijos adoptados, pues al tener que cumplir ese requisito, se corría el riesgo de que los niños llegaran a enterarse que sus padres no son biológicos, sino adoptivos, lo cual es una realidad que los padres tienen todo el derecho a decidir cuándo se la informan a sus hijos.
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este articulo se refiere a los honorarios de los abogados ?
en donde busco quien paga los honorarios de los abogados en caso de ganar?
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