Se crea la sociedad por acciones simplificada (Se crea la sociedad por acciones simplificada) Colombia
Se crea la sociedad por acciones simplificada
- Artículo 1o. Constitución
- Artículo 2o. Personalidad jurídica
- Artículo 3o. Naturaleza
- Artículo 4o. Imposibilidad de negociar valores en el mercado público
- Artículo 5o. Contenido del documento de constitución
- Artículo 6o. Control al acto constitutivo y a sus reformas
- Artículo 7o. Sociedad de hecho
- Artículo 8o. Prueba de existencia de la sociedad
- Artículo 9o. Suscripción y pago del capital
- Artículo 10. Clases de acciones
- Artículo 11. Voto singular o múltiple
- Artículo 12. Transferencia de acciones a fiducias mercantiles
- Artículo 13. Restricciones a la negociación de acciones
- Artículo 14. Autorización para la transferencia de acciones
- Artículo 15. Violación de las restricciones a la negociación
- Artículo 16. Cambio de control en la sociedad accionista
- Artículo 17. Organización de la sociedad
- Artículo 18. Reuniones de los órganos sociales
- Artículo 19. Reuniones por comunicación simultánea y por consentimiento escrito
- Artículo 20. Convocatoria a la asamblea de accionistas
- Artículo 21. Renuncia a la convocatoria
- Artículo 22. Quórum y mayorías en la asamblea de accionistas
- Artículo 23. Fraccionamiento del voto
- Artículo 24. Acuerdos de accionistas
- Artículo 25. Junta directiva
- Artículo 26. Representación legal
- Artículo 27. Responsabilidad de administradores
- Artículo 28. Revisoría fiscal
- Artículo 29. Reformas estatutarias
- Artículo 30. Normas aplicables a la transformación, fusión y escisión
- Artículo 31. Transformación
- Artículo 32. Enajenación global de activos
- Artículo 33. Fusión abreviada
- Artículo 34. Disolución y liquidación
- Artículo 35. Enervamiento de causales de disolución
- Artículo 36. Liquidación
- Artículo 37. Aprobación de estados financieros
- Artículo 38. Supresión de prohibiciones
- Artículo 39. Exclusión de accionistas
- Artículo 40. Resolución de conflictos societarios
- Artículo 41. Unanimidad para la modificación de disposiciones estatutarias
- Artículo 42. Desestimación de la personalidad jurídica
- Artículo 43. Abuso del derecho
- Artículo 44. Atribución de facultades jurisdiccionales
- Artículo 45. Remisión
- Artículo 46. Vigencia y derogatorias
Otras regulaciones
Acuerdo de cooperación judicial en materia penal entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Paraguay Normas para el registro y abanderamiento de naves y artefactos navales dedicados al transporte marítimo Convenio Sobre la Responsabilidad Internacional por Daños Causados por Objetos Espaciales Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas Convención Interamericana sobre asistencia mutua en materia penalMejores juristas





Buenos días, mi papá falleció hace un año, el constituyó una empresa con su segunda esposa, el porcentaje para la esposa es del 52%, mi papá tenía un 16% y sus 2 hijas cada una 16%, a otra hija no la incluyó en la empresa. Cómo se haría el juicio de sucesión? Deben sumar los porcentajes de él y la esposa o solo entra al juicio de sucesión el 16% que tenía él en la empresa?
si soy un trabajador independiente y sufro un accidente en mi propia empresa se considera accidente de trabajo
Hola cordial saludo mi pregunta es qué pasa si la policía tiene mi número de cédula sin consentimiento alguno y la pasan a la dijin eso es legal o ilegal
soy representante legal de un local y pago seguridad social puedo yo como representante legal ser empleado de mi misma empresa
Buenas tardes, hace ya varios días arrendé un apartamento a través de una inmobiliaria, pero en el momento de hacer uso del inmueble este comenzó a presentar fallas en una de las tuberías de desagüe lo que está generando no solo humedades sino goteo excesivo y en la mayor parte de los casos encharcamiento en la planta de abajo. Le he comunicado este problema en varias oportunidades a la inmobiliaria y la única solución que me han brindado es enviar a su propio fontanero para que realice las reparaciones, pero estas son mediocres y no las que realmente se requieren para que el problema se detenga. Estas reparaciones se han hecho casi que una vez por semana y aun sigo sin una solución definitiva. A este punto ya me encuentro cansado de esta situación y quisiera saber si esto puede llegar a ser causal de terminación de nuestro contrato sin tener que ser penalizado, ya que por dichas fugas de agua hacen que sea realmente difícil habitar este apartamento. Muchas gracias por su atención y respuesta.
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