Se dictan disposiciones relacionadas con el ejercicio de la profesión de abogado Artículo 3o Colombia
Se dictan disposiciones relacionadas con el ejercicio de la profesión de abogado
Artículo 3o. Vigencia y derogatorias
La presente ley deroga las normas que le sean contrarias y rige a partir de la fecha de su promulgación.
Colombia Art. 3o Se dictan disposiciones relacionadas con el ejercicio de la profesión de abogado Ley 1905 de 2018
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La Sentencia T-023 de 2026 indica que una entidad administradora de pensiones no puede exigir a un hijo o hija menor de 18 años que demuestre dependencia económica cuando la ley no establece ese requisito para esa categoría de beneficiario. Exigirlo vulnera el debido proceso administrativo, la seguridad social y el interés superior del menor.
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
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Decreto Estatuto Orgánico del Sistema Financiero Artículo 239. Finalidad de las disposiciones Se adopta la estructura interna del Ministerio del Deporte Artículo 14. Dirección de recursos y herramientas del sistema nacional del deporte Estatuto de los mecanismos alternativos de solución de conflictos Artículo 118. Clausula compromisoria Se reglamenta el artículo 30 de la Constitución Política Artículo 7o. Impugnación Normas para favorecer a las mujeres rurales Artículo 26A. ARMONIZACIÓN DE LA LEY CON LOS ACUERDOS DE PAZRecomendados
Código Sanitario Nacional Artículo 569. Normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal Artículo 4o. Consistencia del presupuesto La emisión de la estampilla pro desarrollo científico y tecnológico del Instituto Tecnológico de Soledad, Atlántico Artículo 7o. Segundo Protocolo de la Convención de La Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado Artículo 47. Registro ante las naciones unidas Código de Régimen Departamental Artículo 28.Publique la información de sí mismo
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