Se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana Artículo 87 Colombia
Se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana
Artículo 87. Obligatoriedad de la respuesta
Terminado el cabildo, dentro de la semana siguiente, en audiencia pública a la cual serán invitados los voceros, el presidente de la respectiva corporación dará respuesta escrita y razonada a los planteamientos y solicitudes ciudadanas. Cuando se trate de un asunto relacionado con inversiones públicas municipales, distritales o locales, la respuesta deberá señalar el orden de prioridad de las mismas dentro del presupuesto y los planes correspondientes.Colombia Art. 87 Se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana Ley 134 de 1994
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Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
Hola, según la información sui un empleado labora 2 domingos y 1 festivo no tiene derecho a los 3 días compensatorios?
0 2 DOMINGOS Y 2 FESTIVOS QUE ESTAN DENTRO DEL MISMO MES
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Se protege el patrimonio espeleológico colombiano Artículo 4. Medidas Se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana Artículo 80. Efecto de la votación Se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana Artículo 44. Control previo de constitucionalidad del texto que se somete a referendo Convenio entre la República Portuguesa y la República de Colombia para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con el Impuesto sobre la Renta Artículo 9. EMPRESAS ASOC... Se establece el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas Artículo 19. Iniciativas privadas que no requieren desembolsos de recursos públicosRecomendados
Se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana Artículo 85. Difusión del cabildo Se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana Artículo 84. Prelación Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Artículo 49. Contenido de la decisión Se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana Artículo 89. Sesiones fuera de la sede Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República de Colombia y el Reino de España Artículo VI. Compensacion por perdidasPublique la información de sí mismo
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