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Se establecen beneficios tributarios para facilitar y promover la realización de la COP16 Artículo 1 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/09/2026

se establecen beneficios tributarios para facilitar y promover la realización de la COP16
Artículo 1. Objeto

La presente ley tiene como objeto establecer mecanismos tributarios que faciliten y promuevan la realización de la decimosexta Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica (COP16), a realizarse en el territorio nacional en el año 2024. 

Para efectos de la presente ley, se entenderán como bienes o servicios aplicables a los beneficios que de esta deriven, aquellos que se encuentren relacionados con la decimosexta Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica (COP 16), para efectos de la presente ley, la cual comprende: 

a) Actividades preparatorias y/o complementarias para la realización de la COP16: Corresponde a la estrategia de movilización social COP16, nacional e internacional, liderada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y las actividades preparatorias a la COP16, que realizará el Gobierno nacional, la Gobernación del Valle del Cauca, las alcaldías de Santiago de Cali, Palmira y Yumbo con diferentes actores sociales. 

b) El adecuado desarrollo de la Zona azul (Blue zone): Corresponde a la zona oficial de la COP16, a realizarse entre el 21 de octubre y el 1° de noviembre de 2024, en la que participan los delegados y observadores acreditados por la Secretaría del Convenio sobre Diversidad Biológica y que acoge las negociaciones oficiales de la COP16, así como la Undécima Reunión del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología (CP-MOP11) y la Quinta Reunión de las Partes en el Protocolo de Nagoya (NP-MOP5) sobre acceso y participación en los beneficios de las Partes del Protocolo de 

Montreal. 

c) El adecuado desarrollo de la Zona verde (Green zone): Corresponde a la zona pública de la COP16, a realizarse entre el 21 de octubre y el 1° de noviembre de 2024 en la ciudad de Santiago de Cali, que organiza el país anfitrión en las COP para promocionar la biodiversidad, abierta a los delegados acreditados y al público en general. 



Colombia Art. 1 Se establecen beneficios tributarios para facilitar y promover la realización de la COP16 Ley 2428 de 2024
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Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.



Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso


A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.

Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.

El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.




La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.

El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.



Hola, según la información sui un empleado labora 2 domingos y 1 festivo no tiene derecho a los 3 días compensatorios?

0 2 DOMINGOS Y 2 FESTIVOS QUE ESTAN DENTRO DEL MISMO MES




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