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Se exalta la memoria y la obra del Libertador Simón Bolívar Artículo 1o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se exalta la memoria y la obra del Libertador Simón Bolívar
Artículo 1o.

Con ocasión de conmemorarse en el presente año el centésimo octogésimo aniversario de la Campaña Libertadora de 1819, la Nación honra y exalta la memoria y la obra de Simón Bolívar y el Ejército Libertador, y se asocia a la reivindicación socioeconómica de los escenarios de dicha campaña y la materialización de la Propuesta Bolivariana de Integración Latinoamericana, en el marco de los artículos 9o., 96 y 227 de la Constitución Política.

Colombia Art. 1o Se exalta la memoria y la obra del Libertador Simón Bolívar en el centésimo octogésimo aniversario de la Campaña Libertadora de 1819
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Hola buenos días

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Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


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