Se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública) Colombia
Se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública
- Artículo 1o. Del objeto
- Artículo 2o. De la definición de entidades, servidores y servicios públicos
- Artículo 3o. De los fines de la contratación estatal
- Artículo 4o. De los derechos y deberes de las entidades estatales
- Artículo 5o. De los derechos y deberes de los contratistas
- Artículo 6o. De la capacidad para contratar
- Artículo 7o. De los consorcios y uniones temporales
- Artículo 8o. De las inhabilidades e incompatibilidades para contratar
- Artículo 9o. De las inhabilidades e incompatibilidades sobrevinientes
- Artículo 9-A. Efectos de la declaratoria de cesión unilateral del contrato
- Artículo 10. De las excepciones a las inhabilidades e incompatibilidades
- Artículo 11. De la competencia para dirigir licitaciones o concursos y para celebrar contratos estatales
- Artículo 12. De la delegación para contratar
- Artículo 13. De la normatividad aplicable a los contratos estatales
- Artículo 14. De los medios que pueden utilizar las entidades estatales para el cumplimiento del objeto contractual
- Artículo 15. De la interpretación unilateral
- Artículo 16. De la modificación unilateral
- Artículo 17. De la terminación unilateral
- Artículo 17-B. Efectos de la sentencia judicial por actos de corrupción
- Artículo 18. De la caducidad y sus efectos
- Artículo 19. De la reversión
- Artículo 20. De la reciprocidad
- Artículo 21. Del tratamiento y preferencia de las ofertas nacionales
- Artículo 22. De los registros de proponentes
- Artículo 23. De los principios en las actuaciones contractuales de las entidades estatales
- Artículo 24. Del principio de transparencia
- Artículo 25. Del principio de economía
- Artículo 26. Del principio de responsabilidad
- Artículo 27. De la ecuación contractual
- Artículo 28. De la interpretación de las reglas contractuales
- Artículo 29. Del deber de selección objetiva
- Artículo 30. De la estructura de los procedimientos de selección
- Artículo 31. De la publicación de los actos y sentencias sancionatorias
- Artículo 32. De los contratos estatales
- Artículo 33. De la concesión de los servicios y de las actividades de telecomunicaciones
- Artículo 34. De la concesión del servicio de telefonia de larga distancia nacional e internacional
- Artículo 35. De la radiodifusión sonora
- Artículo 36. De la duración y prórroga de la concesión
- Artículo 37. Del régimen de concesiones y licencias de los servicios postales
- Artículo 38. Del régimen especial para las entidades estatales que prestan el servicio de telecomunicaciones
- Artículo 39. De la forma del contrato estatal
- Artículo 40. Del contenido del contrato estatal
- Artículo 41. Del perfeccionamiento del contrato
- Artículo 42. De la urgencia manifiesta
- Artículo 43. Del control de la contratación de urgencia
- Artículo 44. De las causales de nulidad absoluta
- Artículo 45. De la nulidad absoluta
- Artículo 46. De la nulidad relativa
- Artículo 47. De la nulidad parcial
- Artículo 48. De los efectos de la nulidad
- Artículo 49. Del saneamiento de los vicios de procedimiento o de forma
- Artículo 50. De la responsabilidad de las entidades estatales
- Artículo 51. De la responsabilidad de los servidores públicos
- Artículo 52. De la responsabilidad de los contratistas
- Artículo 53. De la responsabilidad de los consultores, interventores y asesores
- Artículo 54. De la acción de repetición
- Artículo 55. De la prescripción de las acciones de responsabilidad contractual
- Artículo 56. De la responsabilidad penal de los particulares que intervienen en la contratación estatal
- Artículo 57. De la infracción de las normas de contratación
- Artículo 58. De las sanciones
- Artículo 59. Del contenido de los actos sancionatorios
- Artículo 60. De la ocurrencia y contenido de la liquidación
- Artículo 61. De la liquidación unilateral
- Artículo 62. De la intervención del ministerio público
- Artículo 63. De las visitas e informes
- Artículo 64. De la participación de la fiscalía general de la nación
- Artículo 65. De la intervención de las autoridades que ejercen control fiscal
- Artículo 66. De la participación comunitaria
- Artículo 67. De la colaboración de los cuerpos consultivos del gobierno
- Artículo 68. De la utilización de mecanismos de solución directa de las controversias contractuales
- Artículo 69. De la improcedencia de prohibir la utilización de los mecanismos de solución directa
- Artículo 70. De la clausula compromisoria
- Artículo 71. Del compromiso
- Artículo 72. Del recurso de anulación contra el laudo arbitral
- Artículo 73. De la colaboración de las asociaciones de profesionales y de las cámaras de comercio
- Artículo 74. Del arbitramento o pericia técnicos
- Artículo 75. Del juez competente
- Artículo 76. De los contratos de exploración y explotación de los recursos naturales
- Artículo 77. De la normatividad aplicable en las actuaciones administrativas
- Artículo 78. De los contratos, procedimientos y procesos en curso
- Artículo 79. De la reglamentación del registro de proponentes
- Artículo 80. De la adecuación de estatutos
- Artículo 81. De la derogatoria y de la vigencia
Otras regulaciones
Código de Extinción de Dominio Estatuto del Centro de Ciencia y Tecnología del Movimiento de los Países No Alineados y otros países en desarrollo Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social Código Sustantivo del Trabajo Decreto Estatuto Orgánico del Sistema FinancieroMejores juristas





Cuantos metros de anterioridad se deben prender las luces direccionales para cambio de carril
Buen día.
quisiera saber a donde tengo que dirigirme para obtener un permiso laboral como menor de edad.
Gracias.
Buen día hice una demanda por estafa en la cual esta la prueba radical de que salio el dinero de mi cuenta a la cuenta en la cual me estafaron tengo todos los datos del estafador y aun así inactivaron mi caso por falta de pruebas
LA NUEVA REFORMA en el CPACA: LEY 2080 DE 2021.
DICTAMEN PERICIAL SOLICITADO POR LAS PARTES:
i) Practica y Contradicción: En lo no previsto por el CPACA, se regulará por las normas del dictamen Pericial Decretado de Oficio del Código General del Proceso.
ii) Designación del Perito: …” Las listas de auxiliares de la justicia serán obligatorias para magistrados, jueces…” (Art. 48 C.G.P)
iii) Cuestionario: Se señalará al perito el cuestionario que debe resolver, conforme con la petición del solicitante de la prueba.
Dirección: Av el Dorado 68C 61 El salitre Bogotá
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Hola buenas tardes, compré un predio y en el se encuentra instalada una servidumbre (antena de EPM) solicité la indennizacion y dicen que la servidumbre estaba antes de ellos administrar la antena establecida, ellos no tienen titulo ni negociaron con el anterior propietario, según la ley 142 tengo el derecho de hacer a una indenización. espero una ayuda a está solicitud.
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