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Se expiden disposiciones sobre las estadísticas oficiales en el país Artículo 20 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Se expiden disposiciones sobre las estadísticas oficiales en el país
Artículo 20. Deber de veracidad en la entrega de los datos

La información proporcionada por las personas y demás fuentes obligadas, en los censos, las encuestas y demás medios de recolección de información desarrollados por el Dane, deberá ser veraz y presentarse en el plazo establecido, en el formato requerido y de forma gratuita.   

Parágrafo 1°. Los particulares que· participen en los censos, encuestas u operaciones estadísticas realizadas por el Dane gozarán de los siguientes incentivos:   

a. Derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado, el cual se disfrutará en el mes siguiente al día de la participación, de común acuerdo con el empleador.   

b. Derecho a ser preferido, frente a quienes injustificadamente no lo hicieron, en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y de subsidios de vivienda que ofrezca el Estado, en caso de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en concurso abierto.   

Parágrafo 2°. Para acceder a los beneficios el Dane deberá expedir un Certificado en el cual se acredite la participación y este se constituirá como plena prueba. 



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se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco


Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.


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