Se modifica la naturaleza jurídica de la empresa Servicio Aéreo a Territorios Nacionales (Satena) y se dictan otras disposiciones (Se modifica la naturaleza jurídica de la empresa Servicio Aéreo a Territorios Nacionales) Colombia
Se modifica la naturaleza jurídica de la empresa Servicio Aéreo a Territorios Nacionales
- Artículo 1o. Naturaleza jurídica, denominación y sede
- Artículo 2o. Asunción de deuda pública
- Artículo 3o. Órganos de dirección y administración
- Artículo 4o. Autorizaciones
- Artículo 5o. Régimen aplicable a satena s. a
- Artículo 6o. Régimen laboral
- Artículo 7o. Transición en materia disciplinaria
- Artículo 8o. Subcomisión de verificación
- Artículo 9o. Duración
- Artículo 10. Vigencia y derogatorias
Otras regulaciones
Medidas tendientes a mejorar las condiciones de vida de los pensionados Se establecen medidas en contra de la pesca ilegal y el delito de ilícita actividad de pesca en el territorio marítimo colombiano Se regula el trabajo en casa Se dictan normas de fomento a la ciencia, tecnología e innovación mediante la creación de empresas de base tecnológica Se reconoce la compensación en dinero de las vacaciones a los trabajadores del sector privadoMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Abogado Jesús Crúz Olivella
Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.
Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..
Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?
Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?
Escríbame 3163306724
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