Se reglamenta el ejercicio de la profesión de fisioterapia, se dictan normas en materia de ética profesional y otras disposiciones (Se reglamenta el ejercicio de la profesión de fisioterapia) Colombia
Se reglamenta el ejercicio de la profesión de fisioterapia
- Artículo 1o. De la definición
- Artículo 2o. De la declaración de principios
- Artículo 3o. Para efectos de la presente ley, se entiende por ejercicio de la...
- Artículo 4o. Requisito para el ejercicio de la profesión de fisioterapia
- Artículo 5o. Inscripción y registro profesional de fisioterapia
- Artículo 6o. De los requisitos
- Artículo 7o. Créase el Consejo Profesional Nacional de Fisioterapia, como...
- Artículo 8o. Funciones del consejo profesional nacional de fisioterapia
- Artículo 9o. Entiéndese por ejercicio ilegal de la profesión de...
- Artículo 10. Sanciones por el ejercicio ilegal de la fisioterapia
- Artículo 11. El ejercicio de la profesión de fisioterapia debe ser guiado por...
- Artículo 12. Los fisioterapeutas deberán garantizar a los usuarios de sus servicios...
- Artículo 13. Siempre que el fisioterapeuta desarrolle su trabajo profesional, con...
- Artículo 14. Para la prestación de los servicios de fisioterapia, los usuarios de...
- Artículo 15. El usuario de los servicios de un fisioterapeuta podrá con plena...
- Artículo 16. En los casos en que se prescinda de los servicios de un fisioterapeuta, de...
- Artículo 17. El fisioterapeuta podrá excusarse de asistir a un usuario de sus...
- Artículo 18. Cuando el consultante primario o directo de un fisioterapeuta sea un...
- Artículo 19. Cuando se trate de consultantes primarios o directos que requieran...
- Artículo 20. Cuando los fines de la intervención profesional hayan sido alcanzados...
- Artículo 21. Cuando las acciones de fisioterapia sean simplemente paliativas, así...
- Artículo 22. El fisioterapeuta deberá solicitar los exámenes de apoyo que...
- Artículo 23. Los registros correspondientes a la evolución de las intervenciones...
- Artículo 24. Los fisioterapeutas, en ejercicio de su profesión, podrán...
- Artículo 25. Es deber del fisioterapeuta advertir a los usuarios de sus servicios los...
- Artículo 26. El fisioterapeuta no será responsable por reacciones adversas,...
- Artículo 27. En todo caso, antes de iniciar una intervención profesional, el...
- Artículo 28. El fisioterapeuta deberá comprometerse, como parte integral de su...
- Artículo 29. La lealtad y el respeto entre el Fisioterapeuta y los demás...
- Artículo 30. El Fisioterapeuta, en sus relaciones con otros profesionales,...
- Artículo 31. Cuando un usuario remitido por otro profesional, a juicio del Fisioterapeuta...
- Artículo 32. Las diferencias diagnósticas entre Fisioterapeutas no podrán...
- Artículo 33. Los disentimientos profesionales entre Fisioterapeutas serán dirimidos...
- Artículo 34. En ningún caso el Fisioterapeuta deberá otorgar...
- Artículo 35. El Fisioterapeuta no podrá delegar en otros profesionales o en...
- Artículo 36. Los criterios científico-técnicos expresados por un...
- Artículo 37. El Fisioterapeuta cumplirá a cabalidad sus deberes profesionales a que...
- Artículo 38. El Fisioterapeuta que preste sus servicios como dependiente de una entidad...
- Artículo 39. El Fisioterapeuta no aprovechará su vinculación con una...
- Artículo 40. Los cargos de dirección y coordinación de servicios de...
- Artículo 41. Los Decanos de las Facultades de Fisioterapia y los Directores de Programas...
- Artículo 42. La presentación por parte de un Fisioterapeuta de documentos alterados...
- Artículo 43. Establécese como obligatoria en todas las Facultades y Programas de...
- Artículo 44. Las prescripciones, instrucciones y recomendaciones que el Fisioterapeuta...
- Artículo 45. La historia Clínica es el registro obligatorio de las condiciones de...
- Artículo 46. El Certificado Fisioterapéutico es un documento destinado a acreditar...
- Artículo 47. Sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar, incurre en falta...
- Artículo 48. Es deber del Fisioterapeuta guardar el secreto profesional del cual forman...
- Artículo 49. El fisioterapeuta podrá revelar el secreto profesional contenido en...
- Artículo 50. El fisioterapeuta podrá utilizar métodos o medios de publicidad...
- Artículo 51. El anuncio profesional, cualquiera que sea el medio de divulgación del...
- Artículo 52. El Fisioterapeuta tiene el derecho de propiedad intelectual sobre los...
- Artículo 53. Las Historias Clínicas y demás Registros que el Fisioterapeuta...
- Artículo 54. El fisioterapeuta sólo podrá publicar o auspiciar la...
- Artículo 55. Incurren en faltas contra la Etica Profesional los Fisioterapeutas que violen...
- Artículo 56. De los órganos asesores y consultivos
- Artículo 57. Para la determinación de políticas sobre formación de...
- Artículo 58. Para la prospectación del desarrollo profesional de los...
- Artículo 59. Para el señalamiento de las tarifas correspondientes a la...
- Artículo 60. Los órganos de vigilancia y control del Estado, previamente al...
- Artículo 61. Del servicio social obligatorio
- Artículo 62. Vigencia de la ley
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Sobre este delito recordemos que no aplica para cheques posfechados, es decir, la insuficiencia de fondos como delito o fraude aplica para cheques a la vista o al día, no para los cheques entregados como garantía para obligaciones futuras. Es decir, cuando el cheque no se considera un medio de pago, sino un instrumento para asegurar la deuda, no son idóneos para cometer el fraude de este artículo 248 y en esa medida, si los giradores de dichos cheques posfechados no poseen fondos a la fecha de cobro, deben demandarse por la vía civil, pero no podrán denunciarse penalmente por este delito.
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Hace tres años compré un vehículo tipo camioneta, avaluada en 40 millones de pesos, la persona con la que hice el negocio no me generó traspaso alguno ni documento de compra y venta por la confianza que tenemos, entre los documentos está la tarjeta de propiedad a nombre del primer propietario y según me comentó el vendedor él es el cuarto y yo el quinto comprador sin traspaso. Hace un año me enteré que la camioneta presenta orden de embargo por que a la segunda persona que compró la camioneta el dueño que figura en la tarjeta de propiedad le debe 2 millones de pesos desde el año 2023 y como medida de cobro accedieron a ver propiedades y lo único que figura a su nombre es mi camioneta que la tengo hace más de tres años. Logré localizar al señor para que me genere el traspaso y este se niega aduciendo que cuando el la vendió hizo ese proceso a la segunda compradora quien es la que lo demanda por la letra que no le ha pagado y al hablar con esta dice que el nunca le hizo traspaso alguno y que ella tampoco va a generar eso. Me pueden explicar que se puede hacer en este caso?
El local continuo al que yo desocupe es de la misma actividad economica que yo tenia. Mi arrendador resolvio tumbar la pared medianera de los dos locales y arrendarle al vecino el local que yo ocupaba para que el ampliara el establecimiento de el. Pregunta: esta mi arrendador en contra de lo convenido "de no arrendar para desarrollar actividades similares por espacio de 2 años"?
La Corte Suprema ha indicado que aunque el conductor infringe un deber de cuidado al ingerir alcohol, si la causa del accidente por el cual muere o termina lesionado un tercero, es la imprudencia de este tercero (como una motocicleta que se pasa un semáforo en rojo a alta velocidad), se puede concluir que, aunque la conducta del conductor fue muy peligrosa, no fue este motivo "el verdaderamente determinante para la producción del resultado". Es un asunto probatorio fuerte, pero puede tomarse este criterio como base para decidir casos de accidentes similares. Corte Suprema SP3241-2024 rad 63003
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Para considerar que se comete este delito de Omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes, del artículo 434A del Código Penal, se requiere verificar que se cometió de manera dolosa. Es decir que la persona contribuyente actuó con la intención de defraudar o evadir sus obligaciones tributarios ocultando bienes o declarando bienes que no son. No se sanciona entonces el simple incumplimiento de deberes tributarios, como la falta de pago o la presentación tardía de las declaraciones, sino el ocultamiento deliberado o intencional de información tributariamente relevante para el Estado. Esto es lo que diferencia este delito, de todo el abanico de infracciones tributarias que pueden ser impuestas administrativamente para corregir errores de la ciudadanía.
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