Se regula la cuota de compensación militar y se dictan otras disposiciones (Se regula la cuota de compensación militar) Colombia
Se regula la cuota de compensación militar
- Artículo 1o. La Cuota de Compensación Militar, es una contribución ciudadana, especial,...
- Artículo 2o. Las personas que sean clasificadas de conformidad con las normas que...
- Artículo 3o. La liquidación de la Cuota de Compensación Militar para los...
- Artículo 4o. Para todos los efectos de liquidación de la Cuota de...
- Artículo 5o. Las autoridades del Servicio de Reclutamiento están autorizadas,...
- Artículo 6o. Quedan exentos del pago de la Cuota de Compensación Militar los...
- Artículo 7o. La Cuota de Compensación Militar, será susceptible de pago por...
- Artículo 8o. El Gobierno Nacional determinará los documentos e información...
- Artículo 9o. Los costos de la elaboración de la tarjeta militar, no podrán...
- Artículo 10. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga...
Otras regulaciones
Se rinde homenaje al Museo de Arte Moderno de Bogotá Se prohíbe el uso de animales silvestres, ya sean nativos o exóticos, en circos fijos e itinerantes Las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales Se reconoce la aplicación de equivalencias entre estudios superiores y experiencia profesional Exalta la memoria del General Gustavo Rojas PinillaMejores juristas





LA NUEVA REFORMA en el CPACA: LEY 2080 DE 2021.
DICTAMEN PERICIAL SOLICITADO POR LAS PARTES:
i) Practica y Contradicción: En lo no previsto por el CPACA, se regulará por las normas del dictamen Pericial Decretado de Oficio del Código General del Proceso.
ii) Designación del Perito: …” Las listas de auxiliares de la justicia serán obligatorias para magistrados, jueces…” (Art. 48 C.G.P)
iii) Cuestionario: Se señalará al perito el cuestionario que debe resolver, conforme con la petición del solicitante de la prueba.
Dirección: Av el Dorado 68C 61 El salitre Bogotá
Email: servicioalcliente@experticiasyconsultorias.com
Sitio web: https://www.experticiasyconsultorias.com/index.html#services
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Hola buenas tardes, compré un predio y en el se encuentra instalada una servidumbre (antena de EPM) solicité la indennizacion y dicen que la servidumbre estaba antes de ellos administrar la antena establecida, ellos no tienen titulo ni negociaron con el anterior propietario, según la ley 142 tengo el derecho de hacer a una indenización. espero una ayuda a está solicitud.
Estoy contratada con el estado desde el 20 de enero de 2021, y tengo un comparendo en proceso con la fecha 04-05-2020, soy una OPS. que debo hacer para solucionarlo,
Buen dia, en agosto de 2011 adquirí un lote rural mediante escritura publica debidamente registrada, en la que dice: "Todos los derechos y acciones reales y personales que los vendedores tienen y le puedan corresponder en la suceción de XXXXX, en su condición de ser vendedora, cesionaria de hija legitima de la causante,condición de la cual responde, pero vincula y expresa unicamente en: un lote XXXX...".
El avaluo del lote segun el impuesto predial de 2021 es menor a un salario minimo. Me dicen que por la cuantia la demanda no necesita presentarse mediante apoderado, es verdad?, a quien debo demandar?, que demanda debo instaurar para que me escrituren en calidad de titular y propietario de la tierra?.
Hola, buenas tardes. En un caso de acuerdo de tenencia se pacta la visita , por parte del progenitor masculino, de forma amplia, pero ma progenitora femenina se traslada de departamento con el menor hijo de ambos, no permitiéndole al padre la comunicación telefónica aludiendo que su teléfono es personal y si no es su voluntad , puede negarse a facilitarlo para la comunicación por este medio de un padre con su pequeño de 5 años. La pregunta es y teniendo en cuenta los tiempos judiciales para cualquier tipo de nota ¿ Hay algún artículo en la ley que contemple al menor en contexto con el vínculo con su progenitor masculino, que de urgencia intime a la progenitora femenina a permitir que padre e hijo puedan comunicarse telefónicamente , teniendo en cuenta que hay kilómetros de distancia entre ellos situación que está desteullendo dicho vínculo, puesto que el progenitor no puede viajar a verlo más de una vez al mes por motivos económicos?
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