Se renueva la emisión de la Estampilla Pro-Universidad Industrial de Santander creada mediante Ley 85 de 1993, modificada parcialmente por la Ley 1216 de 2008, y se dictan otras disposiciones (Se renueva la emisión de la Estampilla Pro-Universidad Industrial de Santander) Colombia
Se renueva la emisión de la Estampilla Pro-Universidad Industrial de Santander
- Artículo 1o. Renovación de la estampilla pro-uis
- Artículo 2o. Cuantía de la emisión
- Artículo 3o. Autorización a la asamblea departamental de santander
- Artículo 4o. Facultad a los concejos municipales
- Artículo 5o. Autorización para recaudar los valores de los que trata la presente ley
- Artículo 6o. Obligación a cargo de los funcionarios departamentales y municipales
- Artículo 7o. Modificaciones
- Artículo 8o. Informe
- Artículo 9o. Vigencia y derogatoria
Otras regulaciones
Se declara patrimonio folclórico, cultural e inmaterial de la Nación el encuentro Nacional de Bandas en el municipio de Sincelejo Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Colombia Se dictan medidas de acceso prioritario a los programas de vivienda digna a las mujeres víctimas de violencia de genero extrema La Nación contribuye con la financiación parcial de las pensiones a cargo del Instituto de Seguros Sociales Se crea el fondo de estabilización de precios de la panela y mielesMejores juristas





Por solo uso de la razón y justa causa. El código de tránsito español tiene excepciones lógicas, que permite adelantar a otro vehículo en línea continua.
Pregunto el código colombiano incluye estás exepciones? No entiendo porq no las incluiría.
El artículo 199 del cod civil es una aplicación del principio desarrollado en el artículo 2327 o el 966 del mismo código civil entre otros, principio por el cual se señala que las mejoras útiles se pueden llegar a quitar y llevarlas por quien las hizo, o sea que no se pierden, a menos que al quitarlas se dañe el bien del propietario. Las mejoras útiles se pueden determinar principalmente porque no eran indispensables para el funcionamiento del bien sobre las cuales se instalaron y porque aumentan el valor de dicho bien.
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Ayuda por favor, en notaría le hicimos escritura a mi hijo, el ahora quiere que la casa quede. De nuevo a nombre de el, su hermana y yo como madre se puede hacer?todos somos mayores de edad, la casa antes era mía y le hice escritura a el porque su hermana era menor, ahora ella es de 18 años, mi hijo tiene un hijo de 5 años , entonces porfavor ayudemen el puede hacer la escritura a nombre de el ,heanan y yo. ,Dios le pague desesperada estoy
Que pasa si la empresa no me envía el examen médico de retiro
Que pasa si en la dotación de trabajo no nos daban calzado
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