Se transforma la naturaleza jurídica de la Universidad Militar Nueva Granada (Se transforma la naturaleza jurídica de la Universidad Militar Nueva Granada) Colombia
Se transforma la naturaleza jurídica de la Universidad Militar Nueva Granada
- Artículo 1o. Naturaleza
- Artículo 2o. Autonomía
- Artículo 3o. Fines
- Artículo 4o. Inspección y vigilancia
- Artículo 5o. Ingresos y patrimonio
- Artículo 6o. Autonomía financiera y presupuestal
- Artículo 7o. Gobierno de la universidad
- Artículo 8o. Del consejo superior universitario
- Artículo 9o. Funciones
- Artículo 10. El Consejo Superior de la Universidad Militar Nueva Granada en un...
- Artículo 11. Del personal docente
- Artículo 12. De la carrera docente
- Artículo 13. Del estatuto docente
- Artículo 14. Del régimen prestacional y salarial del personal docente
- Artículo 15. Del personal administrativo
- Artículo 16. Del régimen del personal administrativo
- Artículo 17. Carácter de estudiante
- Artículo 18. Programas de extensión
- Artículo 19. Régimen contractual
- Artículo 20. Sistemas de control y evaluación
- Artículo 21. Carácter de los miembros de los cuerpos colegiados
- Artículo 22. Aplicación de normas
- Artículo 23. Transición
- Artículo 24. A partir de la vigencia de la presente ley, el régimen de prestaciones...
- Artículo 25. La presente ley rige a partir de la fecha de su expedición y deroga...
Mejores juristas
·S E NS O R· Estudio Jurídico de Colombia
WORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Norman Agudelo
JORGE IVAN POSADA
La Sentencia T-023 de 2026 indica que una entidad administradora de pensiones no puede exigir a un hijo o hija menor de 18 años que demuestre dependencia económica cuando la ley no establece ese requisito para esa categoría de beneficiario. Exigirlo vulnera el debido proceso administrativo, la seguridad social y el interés superior del menor.
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
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Normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las entidades territoriales Artículo 11. Participación de las transferencias municipales para los sectores sociales Convenio para prevenir y sancionar los actos de terrorismo configurados en delitos Artículo 8o. Se dictan disposiciones en materia de vivienda y hábitat Artículo 32. DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DE LA PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA Acuerdo entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República de Colombia sobre Ferias y Eventos de Frontera Artículo 32. Régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar Artículo 49. PROHIBICIÓN DE GRAVAR EL MONOPOLIO RENTÍSTICORecomendados
Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo Acuerdo cultural entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Turquía Se dictan medidas tendientes a erradicar algunos delitos contra la libertad personal, especialmente el secuestro y la extorsión Artículo 5o. Organización de los gaula El sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen Artículo 46. El sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen Artículo 48.Publique la información de sí mismo
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