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Se transforma la naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Cancerología Empresa Social del Estad Artículo 8 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se transforma la naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Cancerología Empresa Social del Estado
Artículo 8. Nombramiento y calidades del Director General

El Director General del Instituto Nacional de Cancerología será designado por el Presidente de la República de terna presentada por el Consejo Directivo mediante el proceso que le señale el reglamento.

 

El período del Director General será de cuatro (4) años institucionales y podrá ser reelegido para un período institucional equivalente a la inicial en la forma indicada en el inciso anterior.

 

El Director General del Instituto Nacional de Cancerología deberá acreditar título de formación universitaria o profesional en medicina o enfermería, con posgrado en Salud Pública o Epidemiología, Administración o Gerencia Hospitalaria, o clínicas o médico quirúrgicas en Cáncer y diez (10) años de experiencia profesional relacionada con el cargo a desempeñar de los cuales mínimo cinco (5) años deben estar relacionadas con investigación científica en cáncer o actividades del nivel directivo en entidades públicas o privadas que desarrollen actividades de investigación o de prestación de servicios oncológicos.

 

El actual Director General del Instituto Nacional de Cancerología ESE continuará ejerciendo el cargo hasta finalizar el período para el cual fue nombrado sin perjuicio de que pueda ser parte de la terna para optar al cargo de director general en los términos señalados en la presente ley.

 

Parágrafo. En caso de ausencia del Director, el Ministro de Salud y Protección Social designará la persona que ejercerá temporalmente dichas funciones previo el cumplimiento de los requisitos establecidos para el cargo mientras se surte el proceso de designación.



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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.


Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..


Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?


Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?



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