Unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2001 Artículo 3o Colombia
Unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2001
Artículo 3o.
Contracredítase el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2001, en la suma de ciento once mil cuatrocientos millones de pesos moneda legal ($111.400.000.000), según el siguiente detalle:CONTRACREDITOS- PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
CTA. SUBC. CONCEPTO APORTE RECURSOS TOTAL
PROG SUBP. NACIONAL PROPIOS
SECCION 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 84.000.000.000 84.000.000.000
TOTAL PRESUPUESTO SECCION 84.000.000.000 84.000.000.000
SECCION 2101
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
C. PRESUPUESTO DE INVERSION 27.400.000.000 27.400.000.000
111 CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA 27.400.000.000 27.400.000.000
500 INTERSUBSECTORIAL ENERGIA 27.400.000,000 27.400.000.000
TOTAL PRESUPUESTO SECCION 27.400.000.000 27.400.000.000
TOTAL CONTRACREDITOS 111.400.000.000 111.400.000.000
Colombia Art. 3o Unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2001 y se dictan otras disposiciones Ley 698 de 2001
Mejores juristas
·S E NS O R· Estudio Jurídico de Colombia
WORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Norman Agudelo
JORGE IVAN POSADA
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
Hola, según la información sui un empleado labora 2 domingos y 1 festivo no tiene derecho a los 3 días compensatorios?
0 2 DOMINGOS Y 2 FESTIVOS QUE ESTAN DENTRO DEL MISMO MES
Leer de nuevo
Se establecen medidas enfocadas a la protección del comprador de vivienda Artículo 24. Vigilancia y control Se renueva la emisión de la Estampilla Universidad de Sucre, Tercer Milenio Artículo 5o. Se fortalece el emprendimiento y el escalamiento del tejido empresarial nacional Artículo 3. GRADUALIDAD Se establece la legislación permanente de los Decretos Legislativos 560 y 772 de 2020 Artículo 15. Fortalecimiento de la lista de auxiliares de justicia para los procesos de insolvencia Convenio No. 167 y la Recomendación No. 175 sobre Seguridad y Salud en la Construcción Artículo 9o.Recomendados
Unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004 Artículo 15. Se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino Artículo 30. La Nación se asocia a la conmemoración de los 75 años de la Escuela Naval de Suboficiales ARC Barranquilla Artículo 4o. Estatuto del Notariado Artículo 125. Nombramiento Se autoriza a la Asamblea Departamental de Boyacá la emisión de la estampilla Pro Universidad Pedagógica y Tecnológica Artículo 5o.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios