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Nombre: Consultatio Iura - 316 929 2102

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Educación: Abogado titulado - especialista

Los comentarios del abogado Consultatio Iura - 316 929 2102

Buenas tardes, no existe un listado como tal de enfermedades no profesionales. Son consideradas como enfermedades de origen común todas aquellas que no son de origen laboral.

Las enfermedades de origen laboral son todas aquellas con causa o con ocasión del trabajo, o aquellas que la ley ha establecido como enfermedades laborales directas, como la asbestosis, o contraer Covid-19 en caso de ser personal de la salud.


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Buenas tardes, primero hay que tener en cuenta que por regla general los domingos y festivos no son días laborables, sin embargo, para algunas actividades es normal que se preste servicios en estos días.

Ahora bien, si durante una semana, como es semana santa, en la cual tenemos dos festivos y un domingo, no es necesario laborar las 48 horas, ya que los días festivos no hacen perder el reconocimiento del día dominical, es decir, su remuneración.

Por lo tanto, no es necesario reponer las horas de trabajo de los días festivos o domingos.


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Buenos días.

La ley ha dispuesto que daca productor y proveedor de un producto, ya sea bienes o servicios, deberá manifestar expresamente el término de la garantía, de lo contrario, se aplicarán los términos dispuestos en la ley, que para el caso de electrodomésticos corresponden a un año.

En el mismo sentido, deberá garantizar durante ese periodo la asistencia técnica de los productos, junto con los repuestos, de lo contrario, ante la imposibilidad de que el producto sea reparado, o ante la reiteración del mismo, deberá entregar un producto nuevo o la devolución del dinero, a elección del consumidor.


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Buenos días, si bien sería conveniente tener mas información para dar una respuesta de fondo, principalmente se podría proceder con lo siguiente:

En primer lugar definir la existencia de una relación de trabajo entre su suegro y el empleador, que en este caso sería la empresa de químicos si se trata de una sociedad, o de su propietario en caso de ser un establecimiento, con ello determinamos la obligatoriedad que tenía de afiliarlo al Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Laborales, y si se encontraba o no afiliado.

En segundo lugar, de acuerdo a los hechos, determinar si el accidente efectivamente es laboral, para verificar que derechos se emanan del mismo, como por ejemplo el derecho a pensión, y quien sería el responsable de reconocer y pagar esta prestación, en caso de que se haya o no encontrado afiliado.

Por último, determinar cuanta responsabilidad tuvo el empleador en la ocurrencia del accidente con el fin de verificar la existencia de otros derechos, como por ejemplo indemnización de perjuicios.

Si quiere una respuesta de fondo para su asunto, contáctenos.


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Cuando se liquida las prestaciones sociales, si en algún momento el trabajador se encontraba incapacitado, sobretodo por riesgo común, su salario será variable, por lo tanto si se debe aplicar promedios tanto para cesantías como para prima de servicios.

Respecto al Auxilio de transporte, como el trabajador no se presentaba a laborar durante su incapacidad, ello hará que varíe el salario del trabajador, por lo tanto deberán promediarse los ingresos para la liquidación.


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Frente a la duda, respecto de quien se encuentra con incapacidad, el salario no está completo debido a que dependiendo del término y del origen (común o laboral) de la incapacidad. Así si es común hasta el día 90 se pagará el 66,66% del salario y a partir de allí el 50%. Si es de origen laboral se reconocerá el 100% de lo devengado.

Por otro lado, el auxilio de transporte, es un derecho que en términos generales, gozan quienes deben presentarse ante el lugar de trabajo, por lo tanto, quien está con incapacidad no debe presentarse ante el sitio de trabajo, por lo tanto, no se debe reconocer el auxilio de transporte.


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Para el cálculo de una incapacidad, de un trabajador que tiene ingresos superiores al tope de 25 SMMLV, deberá aplicarse las 2/3 pastes o el 66,66% del IBC (Ingreso Base de Cotización), es decir, sobre lo cotizado, mas no sobre lo devengado.


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A la pregunta respecto del pago de la incapacidad, al ser de origen común (enfermedad general), el empleador deberá reconocer el primer día de incapacidad y la EPS los dos días siguientes, sin embargo, en la práctica, deberán ser pagados por el empleador quien a su vez recobrara a la EPS.


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A los docentes de los colegios privados se les aplica lo establecido en Código Sustantivo del Trabajo, y demás normas como el contrato, reglamentos internos de trabajo, convenciones o pactos colectivos en cuanto a vacaciones. Pero por regla general tienen derecho a 15 días hábiles por cada año de servicios, así si una persona laboró 10 meses, sus vacaciones corresponderán a 12,5 días hábiles de descanso.


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Buenas tardes, cuando las vacaciones son compensadas por no ser liquidadas, se tiene en cuenta el término legal, es decir solo los 15 días hábiles, de lo contrario a cada trabajador se podría liquidar diferente habida la existencia de domingos y festivos y otros días no laborables.


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Los comentarios de los usuarios

buen dia, estoy diagnosticado con enfermedad catastrofica, la empresa para la cual tiene una póliza de indemnización para estos eventos, el problema es que no tenía concomiendo de esto hasta ahora, reliace la reclamación del seguro y me responden que excedí el tiempo para informar el sinistro, el diagnóstico fue hace año y medio y la aseguradora dice que tenía que reportarlo a los antes de 30 días sucedido por eso lo niegan puedo hacer algo?=

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Buenas tardes, me gustaria saber que salario debo tomar en el siguiente, un empleado pido vacaciones para comenzar a disfrutar el 2 de enero de 2024, pero su solicitud y calculos se hizo en diciembre, sin saber que el 1ero de enero tendria aumento, mi pregunta es ? debo recalcular las vacaciones con el salio del 2024? o como ya esta calculada en diciembre las dejo igual? Gracias de antemano

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Buenas tardes, en caso que se trate de un aprendiz Sena, y no tenga un horario fijo establecido si no horarios rotativos, en la semana puede descansar un martes pero le toca trabajar un domingo de 1pm a 9pm tiene derecho a recargo dominical siendo aprendiz Sena? y si un aprendiz puede trabajar festivos y domingos? ya sea que este descanse dias de semana.

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Buenas tardes, sería conveniente analizar que cuentas le está adeudanta la Alcaldía y si estas constituyen un título que pueda sr cobrado directamente a través de un proceso judicial, o si por el contrario sea necesario requerir el pago o acudir a otros medios de solución de conflictos que permitan obtener el pago o cumplimeinto de dichas obligaciones.


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Buenas tardes, ello dependerá de varios aspectos, primero determinar la naturaleza del contrato si es Civil o Mercantil, ya que en la primera está prohibido el anatosismo, o interés sobre interés, mientras que en al segunda si está permitido la capitalziación de intereses bajo el cumplimiento de algunos requisitos. Habría igualemente que determinar que obligaciones se incumplieron y si que consecuencias se tiene sobre ello.


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Que tan cierto es que me tienen que pagar intereses sobre intereses.

Tengo contrato de prestación de servicios y hay clausulas de compromiso que incumplieron ellos

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Buenos días, tengo unas cuantas por cobrar en la alcaldía de mi pueblo hace 5 años y nunca me an solucionado.

E metido derecho de petición e insistido infinidades de veces y no me an pagado.

Que debo hacer si no me quieren dar solución

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Buenos días, si se desconoce el paradero del progenitor, quien tenga vigente su patria potestad, deberá iniciarse trámite ante el defensor de familia autorice la salida del país de la niña, y éste decidirá sobre la autorización.


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hola buenos días una pregunta.

tengo demandado al padre de mi hija y legalmente él le consigna mensualmente lo acordado, pero hace una semana él se fue fuera del país por el hueco sin informarme nada y me dejo pago 3 meses por adelantado, pero yo salgo de vacaciones en mi trabajo y quería salir con mi hija fuera del país con papeles al día a disfrutar mis vacaciones con la niña pero para sacarla debo tener un permiso por parte del padre para poderla sacar del país, en este caso que debo hacer.

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Buenas tardes, si en el escrito del contrato se especificó de dicha forma la condición para dar por terminado el contrato de trabajo, la terminación no se dió de forma legal y deberá indemnizarse.


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Cordial saludo quiero saber si tengo derecho a una indemnización por parte de mi empleador ya q cancelo mi contrato por obra o labor con el literal d ( por terminación de obra o labor contratada) pero en el contrato me dice q es hasta el 100 %del proyecto...pero aún no está en ese porcentaje..gracias

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Cordial saludo quiero saber si para obtener escritura por una finca que Devo hacer adonde me dirijo gracias

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adava  rolle la actividad. Ahora en caso de ser un contrato de trabajo verbal, el cual cuenta con los mismos derechos que el contrato escrito en materia salarial y prestacion

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Buenos días, si bien usted no cuenta con un contrato escrito, usted si tiene una relación contractual que puede ser laboral o civil, dependiendo de como se desarrolle la actividad. Ahora en caso de ser un contrato de trabajo verbal, el cual cuenta con los mismos derechos que el contrato escrito en materia salarial y prestacional, puede en ese caso tener derecho a algunos beneficios patrimoniales.


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Hola. Buenas. Si yo trabajo por días en una vulcanizadora en la cual ya tengo 2 años. No tengo contrato. Trabajo de lunes a lunes al salir tendria alguna compensación por el tiempo trabajado

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una pareja se casa luego de comun acuerdo liquida la solicedad conyugal pasando todos los bienes a la esposa ,luego muere ella quien tenia los bienes hacen los hijos del matrimonio la sucesion de la madre quedandose con los bienes luego fallece el padre la pregunta es que hereda el hijo extramatrimonial del padre ? gracias


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Cordial saludo,

El 11 de Julio de 2022, cumplo 5 años laborando con la Cooperativa, esta empresa me ha realizado contratos a termino fijo los cuales no superan 3 contratos; sin embargo mi ultimo contrato inicio el 01 de abril de 2021 y vence el 30 de junio de 2022. dicha duración se debe a que yo estaba en embarazo, por lo cual salí a licencia de maternidad el dia 14 denoviembre de 2021 y me reintegre el lunes 28 de marzo de 2022, cuando me reintegre me notificaron rotación de cargo, yo me encontraba en el area de tesoreria como Tesorera y me asignaron al cargo de auxiliar contable, (no me cambiaron asignación salarial) Ahora bien El dia 23 de mayo el nuevo gerente me pasa el preaviso de terminación de contrato.

No se a visto intensión de abrir convocatoria o de contratación nueva. Por todo lo anterior pregunto.

Si me dicen que desean continuar contratandome DEBO aceptar una remuneración salarial inferior a la actual, y un contrato a menos tiempo?

Por favor quedo atenta.

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En caso de que esté investigado con el artículo 133 de justicia penal militar y falle a favor del que está siendo juzgado que se puede hacer encontra del que puso la denuncia para iniciar el proceso gracias

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