Se aprueba el Acuerdo relativo al Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, CLAD, y sus Estatutos, firmado en Caracas, el 30 de junio de 1972 (Acuerdo relativo al Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, CLAD, y sus Estatut) Colombia
Acuerdo relativo al Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, CLAD, y sus Estatutos
- Artículo 1o. El Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, CLAD...
- Artículo 2o. El CLAD tiene como objetivo promover el debate y el intercambio de...
- Artículo 3o. Para lograr los objetivos señalados en el artículo anterior el...
- Artículo 4o. La estructura orgánica del Centro está constituida por: I....
- Artículo 5o. Son miembros del CLAD aquellos países latinoamericanos, del Caribe y...
- Artículo 6o. Son miembros observadores los países de fuera de la Región que...
- Artículo 7o. El Consejo Directivo es el órgano supremo del Centro, con...
- Artículo 8o. El Consejo Directivo está compuesto por los Representantes de los...
- Artículo 9o. Durante la reunión ordinaria que se celebrará usualmente en el...
- Artículo 10. El Consejo Directivo efectuará dos tipos de reuniones: a)...
- Artículo 11. El Consejo Directivo sesionará válidamente con la presencia de...
- Artículo 12. Las decisiones del Consejo Directivo se adoptarán por simple...
- Artículo 13. Corresponde al Consejo Directivo del CLAD: a) Dictar las normas generales...
- Artículo 14. El Presidente tiene la función de dirección...
- Artículo 15. Son atribuciones y deberes de los Vicepresidentes del Consejo Directivo, los...
- Artículo 16. Son atribuciones y deberes de los Representantes de los países...
- Artículo 17. Los países miembros del CLAD podrán designar ante las reuniones...
- Artículo 18. El Consejo Directivo del CLAD podrá invitar a organismos...
- Artículo 19. Tanto los asesores como los observadores podrán participar con voz...
- Artículo 20. El Presidente del Consejo Directivo podrá invitar a las reuniones del...
- Artículo 21. Los idiomas oficiales para la elaboración de actas, correspondencia y...
- Artículo 22. La agenda u orden del día, así como los demás documentos...
- Artículo 23. De cada una de las sesiones del Consejo Directivo se levantarán las...
- Artículo 24. Las actas serán elaboradas por la Secretaría General, y se...
- Artículo 25. El Presidente y los Vicepresidentes constituyen la Mesa Directiva del Centro....
- Artículo 26. La Comisión de Programación y Evaluación es un...
- Artículo 27. La Comisión de Programación y Evaluación tendrá...
- Artículo 28. La Secretaría General, que radica en la Sede del Centro, es el...
- Artículo 29. El Secretario General, que deberá ser nacional de un país...
- Artículo 30. Las candidaturas para ocupar el cargo de Secretario General deberán...
- Artículo 31. El Secretario General, designado por el Consejo Directivo en la forma...
- Artículo 32. El Secretario General es responsable de su gestión ante el Consejo...
- Artículo 33. El Secretario General, así como los demás funcionarios que...
- Artículo 34. En caso de renuncia, fallecimiento, remoción o impedimento para...
- Artículo 35. Corresponde al Secretario General: a) Ejecutar los acuerdos del Consejo...
- Artículo 36. Los programas estarán bajo la dirección del Secretario General,...
- Artículo 37. Por lo menos dos meses antes de la reunión anual ordinaria del Consejo...
- Artículo 38. Con base en el informe del Secretario General, la Comisión...
- Artículo 39. Sobre la base del proyecto del programa para el año calendario...
- Artículo 40. El financiamiento del CLAD se hará con recursos de las siguientes...
- Artículo 41. Los aportes anuales ordinarios deberán estar cubiertos dentro del...
- Artículo 42. Correrá a cuenta del país anfitrión del Consejo...
- Artículo 43. Una partida no mayor del 5% del total del presupuesto será, utilizado...
- Artículo 44. Todos los países latinoamericanos, del Caribe y de la Península...
- Artículo 45. La solicitud deberá hacerse por escrito, firmada por un representante...
- Artículo 46. En la solicitud de adhesión al Acuerdo Constitutivo deberá...
- Artículo 47. En el caso de las adhesiones a programas específicos los países...
- Artículo 48. El Consejo Directivo, a propuesta de la Secretaría General,...
- Artículo 49. Los cargos del personal internacional de la Secretaría General...
- Artículo 50. Las ausencias temporales que excedan de sesenta días por ejercicio...
- Artículo 51. Se considerarán publicaciones del CLAD las producidas directamente por...
- Artículo 52. También se considerarán publicaciones del CLAD, aquellas que...
- Artículo 53. Los derechos de autor de los trabajos mencionados en los artículos 51...
- Artículo 54. El Centro podrá financiar los costos de publicación de trabaos...
- Artículo 55. Todo contrato o convenio con terceras personas o instituciones deberá...
- Artículo 56. Este Estatuto sólo podrá ser modificado o sustituido en la...
- Artículo 57. Las materias no tratadas en el presente Estatuto serán resueltas según el...
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Buen Dia.
Trabaje en una compañía por 6 años, con contrato indefinido, resulta que la liquidación me llego en CERO donde ellos realizan un descuento por casi dos millones de pesos, con la causal, NO PRESTACION DE SERVICIOS y su justificación es que eso corresponde a la totalidad de la primera quincena del mes de diciembre del año en curso e indican que no tienen nada para pagarme.
Que puedo hacer en este caso, pues no tiene justificación legal para los descuentos que están realizando,
Esta sanción aplica cuando la persona que pagó con un cheque, sí tenía fondos al momento de entregarlo al acreedor, pero al momento de ser cobrado ante el banco, ya no tenía fondos. Frente a esto el acreedor puede iniciar un proceso judicial civil para reclamar su dinero y la sanción acá mencionada. Sólo si se descubre que al momento de pagar con el cheque, no se tenían fondos, se comete el delito del artículo 248 del Código Penal.
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buenas tardes
hace ya dos años aquirimos un plan de turismo el cual nunca se ha utilizado, la pregunta es aun se puede hacer solicitud de retracto ya que no se ha empezado a utilizar?, se sigue pagando porque se dio una cuota inicial con tarjeta de credito y con un saldo que se cruzó de otra cuenta. agradzcop su ayuda
En el tema de la terminación del contrato de trabajo de personas con estabilidad reforzada (problemas de salud, en discapacidad, madre o padre en embarazo etc) se encuentra uno de los llamados "choque de trenes" de las Cortes de Colombia: Por un lado la Corte Constitucional indica que el plazo pactado en el contrato o la culminación de la obra no son razones suficientes para terminar el contrato de un trabajador en situación de debilidad manifiesta, en este sentido el empleador tiene la obligación de solicitar autorización al Ministerio del Trabajo antes de dar por terminado el contrato, incluso si existe una causa como la finalización de la obra para la que se contrató la persona. Por otro lado la Corte Suprema de Justicia en una sentencia reciente de 2024 dice que cuando el empleador termina el contrato basándose en una causal objetiva y legal, como la finalización de la obra contratada, no se presume que el acto sea discriminatorio y, por tanto, no se requiere la autorización del Ministerio del Trabajo.
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