Nombre: ɪus Statera Abogados
Número de teléfono:Especialistas en las diferentes áreas del derecho, contamos con alianzas a nivel nacional, como GDC GLOBAL, Don Camilo, Conprime Inmobiliaria, Lealtad Seguros, Policía Nacional u otros gremios que nos acreditan y confiaron en nosotros. Manejamos abogados delegados en cada Ciudad de Colombia, lo cual facilitara a nuestros clientes todo proceso o tramite legal, altamente capacitados y recomendados.
Los comentarios del abogado ɪus Statera Abogados
Mejores juristas
Este artículo aplica para el sector privado, la norma principal que rige para el sector público es el Decreto 1083 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. En su artículo 2.2.31.4, establece: “ARTÍCULO 2.2.31.4 Derecho a vacaciones. (...) 2. El personal científico que trabaje al servicio de campañas antituberculosas, así como los que laboren en el manejo y aplicación de rayos X y sus ayudantes, tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada seis (6) meses de servicios.”
Email: temasdeley@gmail.com
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
A los aprendices del sena con contrato anterior al 1/07/2025 les aplica la nueva reforma laboral?
Cual es el articulo que reglamenta la Amonestación escrita, como sanción disciplinaria??
Esto es un tema de derecho constructivo, por favor contáctanos al 324 6064034 y te explicamos como puedes evitar que tu vecino incurra en una transgresión de normas de derecho constructivo
en numeral 7 por que no adicionaron, funciones en la certificación laboral
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...Existe alguna prescripción para reclamar los bienes por parte de la persona que ha sido declarada bajo la presunción de muerte..."
Respondemos: Todo ante la Ley prescribe, con excepción de los derechos fundamentales de buen nombre u otros, conforme a eso se debe revisar su caso y con gusto le podemos guiar.
Email: gerencia@iustateraabogados.co
Sitio web: https://iustateraabogados.co/
WhatsApp: 3014502210
facebook.com/iustateraabogados/
CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Código Civil Artículo 109. Reglas de la rescision
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...Cual es la sancion para las entidades financieras que contraríen lo dispuesto en el estatuto que permite la libertad de contratacion y escogencia del seguro de vida deudor para amparar las obligaciones adquiridas..."
Respondemos: la respectiva acción y proceso ante la superfinanciera y las sanciones correspondientes.
Email: gerencia@iustateraabogados.co
Sitio web: https://iustateraabogados.co/
WhatsApp: 3014502210
facebook.com/iustateraabogados/
CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Descargar DECRETO Estatuto Orgánico del Sistema Financiero
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...Buenos días, tuve una libranza con un fondo de empleados hace 10 años, y ahora una empresa que compra carteras me va a embargar el sueldo, esto es posible?..."
Respondemos: ¿Cuanto fue la ultima vez que se hizo gestión de cobro por parte del fondo? y ¿sabe cuando la casa de cobranzas obtuvo dicho deuda?, con gusto podemos estudiar su caso, y evitar que se llegue a una demanda ejecutiva si todavía por términos es posible que le hagan exigibilidad del cobro.
Email: gerencia@iustateraabogados.co
Sitio web: https://iustateraabogados.co/
WhatsApp: 3014502210
facebook.com/iustateraabogados/
CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Código de Comercio Artículo 107. Error de hecho, error sobre la especie de sociedad - vicio del consentimiento
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...Buen dia. En colombia existe y es reconocido algún tipo de contrato por comisiones..."
Respondemos: Si, el contrato de corretaje, con gusto le podemos guiar dependiendo de que parte sea, estamos para servir.
Email: gerencia@iustateraabogados.co
Sitio web: https://iustateraabogados.co/
WhatsApp: 3014502210
facebook.com/iustateraabogados/
CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Código de Comercio Artículo 244. Pago sin intereses de obligaciones a término
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...buenas tardes para realizar una querella o denuncia por victima de accidente de transito, es necesario tener abogado..."
Respondemos: No es necesario, pero si lo mas optimo, para obtener mejores resultados, entendiendo que un abogado o una firma, pondrá en su poder todo el material probatorio, investigadores, y demás pruebas que son necesarias para este tipo de procesos de accidente de transito, y aportar peritajes que serán fundamentales para el proceso, y todo el debido proceso que se cursara, adicionado a eso, que este mismo abogado o firma podrá iniciar la acción civil para cobrar los daños y perjuicios y no quedarse esperando solo el fallo del proceso penal. Manejamos proceso de accidente de transito, como lesiones personales a nivel personales, con certificaciones de procesos ganados de esta índole y generando para nuestros clientes la mejor remuneración, estamos para servir.
.
Email: gerencia@iustateraabogados.co
Sitio web: https://iustateraabogados.co/
WhatsApp: 3014502210
facebook.com/iustateraabogados/
CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Código de Procedimiento Penal Artículo 136. Derecho a recibir información
Cordial saludo
Como lo indica el primer párrafo del articulo son: "...el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato...", estamos para servir.
Email: gerencia@iustateraabogados.co
Sitio web: https://iustateraabogados.co/
WhatsApp: 3014502210
facebook.com/iustateraabogados/
CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Constitución Política de Colombia Artículo 103.
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...Hola buenas tardes tengo una inquietud. trabajo diez horas diarias hace 13 años incluyendo las del almuerzo, me pagan las dos horas extras. mi jefe verbalmente me dijo que en ese lapso de tiempo me daba para el almuerzo pero hace un mes me quito ese aporte alegando que no era obligación del negocio que debo hacer según sus criterios? necesito orientación..."
Respondemos: Se llama auxilio de alimentación, se debe revisar si en el contrato quedo descrito, respecto a las horas extras es complicado demostrarlas en un proceso ante juez laboral.
Email: gerencia@iustateraabogados.co
Sitio web: https://iustateraabogados.co/
WhatsApp: 3014502210
facebook.com/iustateraabogados/
CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Usuario ileana de tous
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...En el articulo 83 régimen de propiedad horizontal puede la administración capitalizar los intereses por deuda, por el no pago de unas cuotas de administración ,tengo entendido que dichas cuotas dan lugar al cobro de interés moratorio ,pero no se debe cobrar sobre el capital acumulado si no sobre el capital individualmente separado de cada una de las expensas mensuales, estas constituyen una obligación nueva respecto a las anteriores..."
Respondemos: Exactamente!, lo que usted nombra de cobrar interés sobre capital y que este no se podrá acumular anualmente se llama interés compuesto, pero en P.H, solo podrán cobrar interés sobre capital adeudado, manejamos P.H a nivel a nacional, especialistas en urbanístico, inmobiliario y P.H, si la Administración provisional realiza dicha acciones el copropietario podrá iniciar demanda civil.
Email: gerencia@iustateraabogados.co
Sitio web: https://iustateraabogados.co/
WhatsApp: 3014502210
facebook.com/iustateraabogados/
CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
El régimen de propiedad horizontal Artículo 83. Impuesto de renta y complementarios
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...Si se vendió un lote de terreno tomando de otro de mayor extención cómo cuerpo cierto,pero si se específico los metros a vender en escritura de venta.el comprador después del tiempo hace reclamación del resto del lote haciendose usufructado ,del mismo, reclamando cuerpo cierto,? Aplicaría la reclamación..."
Respondemos: En este tipo de contratos, se debe dejar en el mismo contrato la extensión del lote, y antes de eso haber realizado un avaluó en el cual fuera equilibrado el valor del negocio entre las partes, se deberá revisar el avaluó de los bienes, extensión ofrecida por parte del que vendió. Si tiene el contrato firmado ante notaria y las escrituras con gusto las podemos revisar y si tienen los mapas de agustin codazi y valor comercial de los inmuebles.
Email: gerencia@iustateraabogados.co
Sitio web: https://iustateraabogados.co/
WhatsApp: 3014502210
facebook.com/iustateraabogados/
CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Código Civil Artículo 1888. Aumento y disminucion del precio de la cabida
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...hola, buenas noches. Me podrían dar una explicación sobre este articulo 40, no lo entiendo muy bien lo que quiere decir..."
Respondemos: Los documentos por ejemplo de registro de una S.A.S, de inscripción de la misma, como de las actas estas deben ser autenticadas ante notario por todos los socios, pero sino lo hicieran, deben asistir todos los socios ante la CCB y allá ante esta entidad le harán la presentación personal y se entenderá como auténticos.
Email: gerencia@iustateraabogados.co
Sitio web: https://iustateraabogados.co/
WhatsApp: 3014502210
facebook.com/iustateraabogados/
CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Código de Comercio Artículo 40. Registro de documentos no auténticos ni reconocidos