CGP Artículo 508 Colombia
Código General del Proceso
Artículo 508. Reglas para el partidor
En su trabajo el partidor se sujetará a las siguientes reglas, además de las que el Código Civil consagra:1. Podrá pedir a los herederos, al cónyuge o compañero permanente las instrucciones que juzgue necesarias a fin de hacer las adjudicaciones de conformidad con ellos, en todo lo que estuvieren de acuerdo, o de conciliar en lo posible sus pretensiones.
2. Cuando considere que es el caso dar aplicación a la regla primera del artículo 1394 del Código Civil, lo expresará al juez con indicación de las especies que en su concepto deban licitarse, para que convoque a los herederos y al cónyuge a una audiencia con el fin de oír sus ofertas y resolver lo que corresponde. La base de las ofertas será el total del avalúo practicado en el proceso y el auto que haga la adjudicación tendrá los mismos efectos que el aprobatorio del remate.
Cualquiera de los interesados podrá pedir en la audiencia que se admitan licitadores extraños, y en tal caso se procederá a la subasta como se dispone en el artículo 515.
3. Cuando existan especies que no admitan división o cuya división la haga desmerecer, se hará la adjudicación en común y pro indiviso.
4. Para el pago de los créditos insolutos relacionados en el inventario, formará una hijuela suficiente para cubrir las deudas, que deberá adjudicarse a los herederos en común, o a estos y al cónyuge o compañero permanente si dichos créditos fueren de la sociedad conyugal o patrimonial, salvo que todos convengan en que la adjudicación de la hijuela se haga en forma distinta.
5. Podrá pedir la venta de determinados bienes en pública subasta o en bolsa de valores, cuando la considere necesaria para facilitar la partición. De la solicitud se dará traslado a los herederos y al cónyuge en la forma prevista en el artículo 110 por tres (3) días, vencidos los cuales el juez resolverá lo procedente.
Igual solicitud podrá formularse cuando se haya obtenido autorización para realizar la partición por los interesados, y si estuviere suscrita por todos, el juez accederá a ella.
Colombia Art. 508 Código General del Proceso
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Si el articulo niega los beneficios de suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria en su 1 enciso, porque luego en el 1 paragrafo explica que el articulo no aplica a la libertad condicional del articulo 64 ni a la prisión domiciliaria del articulo 68G.
Lo niegan inicialmente y luego en el parágrafo 1 explicativo, dicen que no aplica para ello, podrían explicarme como a un niño de 5 años.
podría un juez negar la libertad condicional cuando se lleve las 3/5 partes de la pena en alguno de estos delitos citados en este articulo o debería cumplir con el paragrafo 1 y concederla.?
o debería ser subjetivo su apreciación y concederla o negarla de acuerdo a su criterio y no sujeta a la norma.?
Buenos días. La empresa me está aplicando el artículo 140, pero de mí salario básico me están descontando el auxilio de transporte. Eso es legal?
Gracias
Cordial saludo;
Tengo una duda y quisiera saber, se ha realizado un contrato inicial a termino fijo por 3 meses y este se ha prorrogado automáticamente, cumplió el año prorrogado pero nunca hubo formalización de contrato a un año.
Si uno quiere prorrogar el contrato a 1 año después de la tercera prorroga lo puede hacer, pero si no lo hace esto tiene alguna implicación?
Es decir el contrato se siguió prorrogando y ya van 5 prorrogas con el mismo termino a 3 meses, pero no se le piensa prorrogar por una sexta ves lo cual ya se le notifico.
Quiero saber si tiene alguna implicación el hecho de renovar más de 3 veces el contrato por 3 meses (5 veces renovado) y no pasar a un contrato por 1 año?
Buenas tardes, tengo una duda por favor si alguien me la puede aclarar. Deseo poner un negocio en mi casa donde se comercializara licores, sin embargo frente a mi casa hay un colegio, hay algún problema si pongo dicho establecimiento, claramente no deseo venderle a los jóvenes de la institución.
Si una junta directiva elige un representante legal por un termino especifico, ejemplo 30 dias y pasa ese tiempo y este no es ratificado por la junta directiva, puede seguir tomando desiciones como representante legal de la empresa, y las desiciones que tome posterior al periodo estarian viciadas de ilegalidad?
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