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Código Nacional de Policía y Convivencia Artículo 78 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13/01/2025

Código Nacional de Policía
Artículo 78. Comportamientos contrarios al derecho de servidumbres

Los siguientes comportamientos son contrarios al derecho de servidumbre y por lo tanto no deben efectuarse:

1. Impedir, alterar o interrumpir el continuo uso de servidumbres por las vías de hecho.

2. No permitir el acceso al predio sobre el cual pesa el gravamen de servidumbre para realizar el mantenimiento o la reparación.

PARÁGRAFO. Quien incurra en uno o más de los comportamientos señalados, será objeto de la aplicación de las siguientes medidas:COMPORTAMIENTOSMEDIDA CORRECTIVA A APLICARNumeral 1Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparación de daños materiales;Numeral 2Multa General tipo 2.

Colombia Art. 78 Código Nacional de Policía y Convivencia
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Buenos días. La empresa me está aplicando el artículo 140, pero de mí salario básico me están descontando el auxilio de transporte. Eso es legal?

Gracias


Cordial saludo;

Tengo una duda y quisiera saber, se ha realizado un contrato inicial a termino fijo por 3 meses y este se ha prorrogado automáticamente, cumplió el año prorrogado pero nunca hubo formalización de contrato a un año.

Si uno quiere prorrogar el contrato a 1 año después de la tercera prorroga lo puede hacer, pero si no lo hace esto tiene alguna implicación?

Es decir el contrato se siguió prorrogando y ya van 5 prorrogas con el mismo termino a 3 meses, pero no se le piensa prorrogar por una sexta ves lo cual ya se le notifico.

Quiero saber si tiene alguna implicación el hecho de renovar más de 3 veces el contrato por 3 meses (5 veces renovado) y no pasar a un contrato por 1 año?


Buenas tardes, tengo una duda por favor si alguien me la puede aclarar. Deseo poner un negocio en mi casa donde se comercializara licores, sin embargo frente a mi casa hay un colegio, hay algún problema si pongo dicho establecimiento, claramente no deseo venderle a los jóvenes de la institución.


Si una junta directiva elige un representante legal por un termino especifico, ejemplo 30 dias y pasa ese tiempo y este no es ratificado por la junta directiva, puede seguir tomando desiciones como representante legal de la empresa, y las desiciones que tome posterior al periodo estarian viciadas de ilegalidad?


Hola, si el padre de mi hijo, trabaja como independiente, no tiene cámara de comercio, no posee bienes, ¿ como puedo proceder para realizar la demanda por inasistencia alimentaria? El aporta intermitemente ( 1 o 2 veces al año) y tampoco envía el valor acordado en la comisaria de familia. Si hago en fiscalía me piden algún otro documento donde conste que no cumple?, yo cuento solo con la conciliación de la comisaria.


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