Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente Artículo 214 Colombia
Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
Artículo 214.
Son aprovechamientos forestales únicos los que técnicamente se realicen en bosques localizados en suelos que deban ser destinados a usos diferentes del forestal. El permiso para aprovechamiento forestal único puede contener la obligación de dejar limpio el terreno al acabarse el aprovechamiento, pero no la de renovar o conservar el bosque.
Colombia Art. 214 Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
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Las reuniones de empalme del consejo de administración tienen como objetivo garantizar la continuidad en la gestión administrativa y la transferencia de información relevante entre los miembros salientes y entrantes del consejo. Aunque no se menciona explícitamente en la ley 675 la obligación del revisor fiscal de asistir a estas reuniones, su participación se deduce de las obligaciones generales del contador derivadas de la ley 43 de 1990,para así garantizar que los aspectos financieros y administrativos sean correctamente documentados y transferidos.
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Y si no hay sindicato ni pacto que se debe hacer?
Debe asistri el revisor fiscal a la reunion de empalme del consejo de administracion?
En principio no existe una norma general que permita autorizar un pagaré mediante una llamada telefónica ante un banco. Sin embargo, esto podría ser posible si está expresamente pactado en el contrato entre el cliente y la entidad financiera, y si se cumplen los requisitos legales y técnicos establecidos en las normas aplicables, como la Ley 527 de 1999 y las demás disposiciones sobre títulos valores electrónicos.
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que efectos tiene que el demandado guarde silencio o conteste la demanda de manera extemporánea?
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Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente Artículo 321. Convención Interamericana sobre asistencia mutua en materia penal Artículo 4o. Se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado Artículo 31. De los informes al congreso Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente Artículo 325. Se declara a la disciplina del tejo como deporte nacional Artículo 3o.Publique la información de sí mismo
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