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Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por seq Artículo 38 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 29/07/2026

Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular Africa
Artículo 38. Denuncia



1. Cualquiera de las Partes podrá denunciar la Convención mediante notificación por escrito al depositario en cualquier momento después de que hayan transcurrido tres años a partir de la fecha en que la Convención haya entrado en vigor para la Parte de que se trate.

2. La denuncia surtirá efecto al cabo de un año contado desde la fecha en que el depositario haya recibido la notificación correspondiente o, posteriormente, en la fecha que se indique en la notificación.

Colombia Art. 38 Se aprueba la Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular Africa, hecha en París el diecisiete (17) de junio de mil novecientos noventa y cuatro (1994) Ley 461 de 1998
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Para recusar a un defensor de familia del ICBF debe basarse en una de las causales expresas del art. 11 de la ley 1437 de 2011 o art. 141 del la ley 1564 de 2012, es decir tener interés directo, haber conocido previamente el asunto, haber dado concepto sobre este, o existir enemistad grave/amistad íntima con las personas del caso. Deben aportarse las pruebas correspondientes. Se suspende la actuación hasta resolverla. Se tiene 5 días para aceptar o rechazar la recusación. Si la rechaza, decide el superior administrativo (Director Regional del ICBF). Si prospera, debe designarse un defensor de reemplazo. Si no identifica una causal legal, hechos concretos y pruebas, puede rechazarse de plano por el mismo funcionario, sin suspender el proceso.



Para crear un fideicomiso civil con reserva de usufructo, se debe elaborar una lista de los bienes que conformarán el fideicomiso, se debe redactar el contrato, indicando la condición de la que dependerá la restitución a los fideicomisarios y se lleva ese documento a notaría. Si se incluyen inmuebles se debe registrar la escritura en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente.



que se requiere para recusar a un defensor de familia


¿qué se necesita preparar para hacer un fideicomiso civil a mis hijos con mi usufructo?


Es posible que una persona sea beneficiaria de la prisión domiciliaria que indica este art 38G del Cod Penal, así el delito esté dentro de los indicados en el artículo 68A del mismo código. Es decir, cualquier persona que haya cometido alguno de los delitos mencionados en el 68A, puede acceder a la prisión domiciliaria, siempre y cuando el delito cometido no se mencione en la lista del artículo 38G.



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