Se aprueba la Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, suscrita en a Haya el 5 de octubre de 1961 (Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros) Colombia
Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros
- Artículo 1o. La presente Convención se aplicará a documentos públicos...
- Artículo 2o. Cada estado contratante eximirá de legalización los documentos...
- Artículo 3o. El único trámite que podrá exigirse para certificar la...
- Artículo 4o. El certificado mencionado en el primer párrafo del artículo 3o....
- Artículo 5o. El certificado será expedido a solicitud de la persona que hubiere...
- Artículo 6o. Cada Estado Contratante designará por indicación de su propia...
- Artículo 7o. Cada una de las autoridades designadas de acuerdo con el artículo 6o....
- Artículo 8o. Cuando un tratado, convención o acuerdo entre dos o más Estados...
- Artículo 9o. Cada Estado Contratante tomará las medidas necesarias para evitar la...
- Artículo 10. La presente Convención estará abierta para la firma de los...
- Artículo 11. La presente Convención entrará en vigor el sexagésimo...
- Artículo 12. Cualquier Estado no mencionado en el artículo 10 podrá...
- Artículo 13. Cualquier Estado podrá, en el momento de la firma,...
- Artículo 14. La presente Convención permanecerá en vigor por cinco...
- Artículo 15. El Ministerio de Relaciones Exteriores de los Países Bajos...
Otras regulaciones
La Nación se vincula a la conmemoración de los cien años de fundación del Municipio de Anzoátegui La Nación declara patrimonio histórico y cultural de la Nación algunos inmuebles del Sanatorio de Agua de Dios Se reglamenta el voto programático y se dictan otras disposiciones Convenio Cultural entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Helénica Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Arquitectura y sus profesiones auxiliaresMejores juristas





Por solo uso de la razón y justa causa. El código de tránsito español tiene excepciones lógicas, que permite adelantar a otro vehículo en línea continua.
Pregunto el código colombiano incluye estás exepciones? No entiendo porq no las incluiría.
El artículo 199 del cod civil es una aplicación del principio desarrollado en el artículo 2327 o el 966 del mismo código civil entre otros, principio por el cual se señala que las mejoras útiles se pueden llegar a quitar y llevarlas por quien las hizo, o sea que no se pierden, a menos que al quitarlas se dañe el bien del propietario. Las mejoras útiles se pueden determinar principalmente porque no eran indispensables para el funcionamiento del bien sobre las cuales se instalaron y porque aumentan el valor de dicho bien.
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Ayuda por favor, en notaría le hicimos escritura a mi hijo, el ahora quiere que la casa quede. De nuevo a nombre de el, su hermana y yo como madre se puede hacer?todos somos mayores de edad, la casa antes era mía y le hice escritura a el porque su hermana era menor, ahora ella es de 18 años, mi hijo tiene un hijo de 5 años , entonces porfavor ayudemen el puede hacer la escritura a nombre de el ,heanan y yo. ,Dios le pague desesperada estoy
Que pasa si la empresa no me envía el examen médico de retiro
Que pasa si en la dotación de trabajo no nos daban calzado
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