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Convenio marco entre Colombia y Helénica sobre cooperación económica, científica y tecnológica Artículo 4o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/05/2025

Convenio marco entre Colombia y Helénica sobre cooperación económica, científica y tecnológica
Artículo 4o.





1. Las Partes Contratantes crearán condiciones favorables para el desarrollo de la cooperaeión científica y tecnológica entre ellas, igual que entre sus respectivas organizaciones o instituciones públicas o privadas, gubernamentales y no gubernamentales, conforme a sus prioridades nacionales y con sujeción a su legislación.

Esta cooperación podrá darse, entre otras, a través de las siguientes modalidades:

Intercambio de científicos, investigadores y expertos.

Elaboración de programas conjuntos de investigación.

Organización de programas de desarrollo en campos de mutuo interés.

Provisión de conocimiento científico y técnico.

Organización de simposios y seminarios.

Intercambio de información y datos.

Provisión de equipos y material necesario para la realización de proyectos específicos.

Otorgamiento de becas para especialización.

Colombia Art. 4o Se somete el Convenio marco entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Helénica sobre cooperación económica, científica y tecnológica, suscrito en Atenas el 16 de diciembre de 1994
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Para efecto de la impugnación de decisiones de la asamblea de propietarios de una propiedad horizontal, es necesario remitirse a lo indicado en el art 382 del Código General del Proceso.


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Para efecto de la impugnación de decisiones de la asamblea de propietarios de una propiedad horizontal, que menciona este artículo 49 de la Ley de Propiedad Horizontal 675 de 2001, es necesario remitirse a lo indicado en el art 382 del Código General del Proceso.


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El "provecho" que se menciona en este delito de Violación de datos personales del Artículo 269F del Código Penal, puede ser de cualquier naturaleza, sin restringirse entonces únicamente al ámbito económico. Esto significa que el beneficio obtenido puede ser personal, social, profesional o relacionado con cualquier ventaja frente a terceros. Por ejemplo, el uso de datos personales para obtener acceso a concursos, servicios, influir o tener ventaja en decisiones, manipular información etc. puede constituir un provecho bajo este tipo penal, entre otros.


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